ANONIMIZADO
Rol
C-676-2023
Fecha
10 de julio de 2023
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
No especificado
Hechos
Quilpué, diez de julio de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente solicitud de folio 1: A LO PRINCIPAL Y PRIMER OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente patrocinio y poder conferido por los solicitantes. AL TERCER OTROSÍ: Como se pide a la forma especial de notificación. Quilpué, diez de julio de dos mil veintitrés.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que comparecen don Randy y doña Paz, solicitando se declare terminado por divorcio de mutuo acuerdo su matrimonio. Fundamentando su...
Texto Completo (Preview)
Quilpué, diez de julio de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente solicitud de folio 1: A LO PRINCIPAL Y PRIMER OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente patrocinio
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