GARCÉS/PIZZA PIZZA 2X1 SPA
Rol
O-4263-2021
Fecha
15 de marzo de 2022
Materia
Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos establecidos la demanda. Solamente reconoce adeudar por concepto de feriado proporcional la suma de $ 48.016. Solicita el rechazo de la demanda con costas. Tercero. Audiencia preparatoria. Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce. Se fijan los siguientes hechos pacíficos: 1. La existencia de la relación laboral habida entre las partes con fecha de inicio el 02 de julio del año 2011. 2. Que el demandante de autos cumplía funciones como repartidor o driver para la empresa demandada. 3. Que el último día que prestó servicios el demandante de autos fue el 17 de marzo del año 2021. 4. Que a lo menos se le deben 2 días por concepto de feriados por la suma de $48.010.5. Que la jornada laboral del actor era de 45 horas semanales por sistema de turno. 6. Que prestaba servicios en el local de La Florida ubicado en Avenida La Florida 7488, comuna de La Florida. Estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el Tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos de prueba: 1. Fecha de término de la relación laboral, en su caso, efectividad que el demandante de autos fue desvinculado verbalmente, circunstancias de hecho del despido. 2. Remuneraciones pactadas y realmente percibidas por el demandante de autos para los efectos del cálculo de las indemnizaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 172 y compensaciones conforme al artículo 71 del Código del ramo. 3. Efectividad que el demandante de autos hizo uso de los feriados demandados, en su caso, número de días utilizados, fecha en que hizo uso de dicho derecho y/o fecha y monto de la compensación de los respectivos feriados. Cuarto. Incorporación de medios probatorios. Que en audiencia de juicio la parte demandante presente los siguientes medios de prueba: Documental. 1.Contrato de trabajo fechado 1º de enero de 2018. 2.Certificado de cotizaciones emitido por Fonasa de 3 de agosto de 2021 3. Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo de
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículo he vistos 1, 5, 7, 10, 11, 63, 73, 159, 160, 161, 163, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo se declara. I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por don VICTOR HUGO GARCÉS LEHUEY, cédula nacional de identidad N° 11.426.816-K en contra de PIZZA PIZZA 2X1 SPA, rol único tributario N° 76.376.257-2, representada legalmente por don Roberto Samuel Kaminetzky Vilensky, cédula nacional de identidad N° 7.040.131-2 , todos previamente individualizados, solo en cuanto se condena a la demandada a pagar al actor la suma de $ 242.770, por concepto de feriado proporcional y legal II.- Que la suma precedentemente señalada deberá ser pagada con los intereses y reajustes que establece el articulo 63 del Código del Trabajo. III.- Que se rechaza la demanda en todo lo demás. IV.- No Habiendo sido ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagara sus costas. V.- Ejecutoriada que sea la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo contrario remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su cumplimiento compulsivo. Regístrese, notifíquese y archives en su oportunidad. RIT : O-4263-2021 RUC : 21- 4-0348702-0 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a quince de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia pre
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, quince de marzo de dos mil veintidós. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-4263-2021, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don VICTOR HUGO GARCÉS LEHUEY, empleado, cédula nacional de identidad N° 11.426.8
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