Jgdo. L. y G. de Curanilahue

ANONIMIZADO

Rol

V-16-2023

Fecha

10 de julio de 2023

Materia

CONVIVENCIA NOTIFICACION CESE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en el artículo 18 inciso 1º, parte final de la Ley N° 19.968 y artículo 25 inciso 2° de la Ley 19.947, se autoriza la comparecencia personal de la parte solicitante sin asesoría letrada, solo por esta única vez, en atención a la materia de que se trata. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que con fecha 06 de julio de 2023, don Jaime, cédula de identidad N° NUM000, domiciliado en DIRECCION000 de Tirúa, comparece señalando, que desea poner fin a la convivencia de su matrimonio, por lo cual solicita que conformidad con el artículo 25 de la Ley No ...

Texto Completo (Preview)

En Curanilahue, diez de julio de dos mil veintitrés. Atendida la escasa complejidad del asunto sometido a conocimiento del Tribunal y visto lo dispuesto en el artículo 18 inciso 1º, parte final de la Ley N° 19.968 y artículo 25 inciso 2° de la Ley 19.947, se autoriza la comparecencia personal de la parte solicitante sin asesoría letrada, solo por esta única vez, en atención a la materia de que se

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica