Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

PAINEMIL/COMERCIAL ECCSA S.A.

Rol

M-43-2022

Fecha

15 de marzo de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR  X     ·         OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDADA X     DOCUMENTAL  X     TESTIMONIAL  X     OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE  X     DOCUMENTAL  X     ·         OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA  X     ·         OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE  X     ·         SENTENCIA  X     PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS  X     * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886    X   * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL    X   ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X      * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886   X    * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL    X   CONCILIACION: El Tribunal llama a las partes a conciliación y ésta no se produce. HECHOS CONTROVERTIDOS: I. La efectividad los hechos que se indican en la carta y como ellos justifican el despido de la actora. II. Efectividad de que la actora efectuó una reserva que no abarca el descuento de la AFC. PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDADA: DOCUMENTAL: 1. Carta de despido a la actora doña Yasmina del Carmen Painemil Cayul de fecha 06 de diciembre de 2021 con sus respectivos comprobantes de envío. 2. Finiquito de contrato de trabajo de fecha 06 de diciembre de 2021 suscrito entre la actora y mi representada firmado y ratificado ante notario público con fecha 12 de enero de 2022. 3. Contrato de trabajo entre mi representada y la actora de fecha 05 de marzo de 2018, con sus anexos de contrato de trabajo. 4. Nómina de trabajadores desvinculados por mi representada por el periodo comprendido entre octubre de 2020 y febrero de 2022. TESTIMONIAL: 1. Isabel de Lourdes Vargas Bustamante, RUN 11.431.271-1, subgerente. PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDANTE: DOCUMENTAL: 1.- Carta de despido enviada al dema

Fallo

se declara improcedente el despido de doña YASMINA DEL CARMEN PAINEMIL CAYUL, por la causal de necesidades de la empresa condenándose en consecuencia a la demandada COMERCIAL ECCSA s.a., al pago de $737.544.- por concepto de incremento del 30% de la indemnización por años de servicios II.- Se hace lugar a la excepción de finiquito respeto de la pretensión de devolución del descuento de AFC, por lo que se rechaza en esta parte la demanda. III.- Como las partes no obtuvieron todo lo que se pretendía, cada una pagará sus costas. En relación al monto que se deberá pagar este deberá pagarse con los reajustes e intereses del artículo 173 del Código del Trabajo. Se ordena el registro esta sentencia. La notificación se hace verbalmente a ustedes. Para efectos del acta se ordena solamente la transcripción de la parte resolutiva reservándose la transcripción íntegra de la sentencia para el caso que alguna de las partes decida recurrir de nulidad. R.I.T. M-43-2022 R.U.C. 22- 4-0380873-7 Resolvió don ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La presente audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra, en el registro de audio del Tribunal.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 15/03/2022 RUC 22- 4-0380873-7 RIT M-43-2022 MAGISTRADO ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT ADMINISTRATIVO DE ACTAS María José Agurto S., Sala Virtual N°6 HORA DE INICIO 09:50 horas HORA DE TÉRMINO 10:44 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240380873-7-1344 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE YASMINA DEL CARMEN PAIN

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