Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua-Tagua.

LUIS FERNANDO ESCOBAR ESCOBAR C/ DANIEL ALEJANDRO CORNEJO CORREA

Rol

O-601-2023

Fecha

4 de noviembre de 2023

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “El día 05 de enero de 2023, alrededor de las 07:25 horas, en el puente La Ensenada de la ruta I-90-H, comuna de San Vicente, el requerido Daniel Alejandro Cornejo Correa ocasionó daños en contra de la propiedad de la víctima L.F.E.E., quien se encontraba transitando en su automóvil marca Renault, modelo Duster, placa patente única RLFL-72, y en dicho lugar el requerido golpea con un objeto contundente metálico el vehículo, impactando dicho objeto en la zona del espejo retrovisor izquierdo del automóvil, el cual resultó destruido producto de dicho golpe. Los daños ocasionados fueron avaluados en la suma de $581.818 pesos.” A juicio de la Fiscalía, los hechos antes descritos configuran el delito de daños simples, prescrito y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en los cuales le habría cabido una participación en calidad de autor y cuyo grado de desarrollo es consumado. Estima, el ente persecutor, que concurre circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es la irreprochable conducta anterior, por lo que solicita se condene a una pena de trescientos (300) días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura del Ministerio Público. Que, en su alegato de apertura el ente persecutor en síntesis, hizo referencia a la prueba que rendiría en el juicio, señalando que esperaba obtener, al término de la audiencia, un veredicto Código: DCZNXJYYZEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua condenatorio en contra del requerido,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes y el tribunal. Que, el día treinta de octubre del año en curso, ante este Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua-Tagua, se llevó a efecto audiencia de juicio oral simplificado en causa RIT 601-2023, RUC 2300028491-2, seguida por el delito daños simples contra de DANIEL ALEJANDRO CORNEJO CORREA, cédula de identidad N° 18.723.045-4, con domicilio en Villa Jardines de Rucatalca, Pasaje Paniahue N° 0133, comuna de San Fernando. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público, representado por el Abogado Asistente de Fiscal don Alonso Leiva Rojas, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. Por su parte, la Defensa del requerido estuvo a cargo del Defensor Penal Público don Jaime Castiglioni Rojas, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Requerimiento Fiscal. Que, la imputación efectuada por el titular de la acción penal pública en contra del requerido, según da cuenta el requerimiento, tuvo por fundamento los siguientes hechos: “El día 05 de enero de 2023, alrededor de las 07:25 horas, en el puente La Ensenada de la ruta I-90-H, comuna de San Vicente, el requerido Daniel Alejandro Cornejo Correa ocasionó daños en contra de la propiedad de la víctima L.F.E.E., quien se encontraba transitando en su automóvil marca Renault, modelo Duster, placa patente única RLFL-72, y en dicho lugar el requerido golpea con un objeto contundente metálico el vehículo, impactando dicho objeto en la zona del espejo retrovisor izquierdo del automóvil, el cual resultó destruido producto de dicho golpe. Los daños ocasionados fueron avaluados en la suma de $581.818 pesos.” A juicio de la Fiscalía, los hechos antes descritos configuran el delito de daños simples, prescrito y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en los cuales le habría cabido una participación en calidad de autor y cuyo grado de desarrollo es consumado. Estima, el ente persecutor, que concurre circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es la irreprochable conducta anterior, por lo que solicita se condene a una pena de trescientos (300) días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura del Ministerio Público. Que, en su alegato de apertura el ente persecutor en síntesis, hizo referencia a la prueba que rendiría en el juicio, señalando que esperaba obtener, al término de la audiencia, un veredicto Código: DCZNXJYYZEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua condenatorio en contra del requerido, considerando que la víctima ha sido consistente y coherente desde la ocurrencia de los mismos y que acreditará la participación del imputado, la dinámica de los hechos y el resultado lesivo, lo que se complementará a t

Fallo

por tanto, en atención a que no se rindió más prueba de cargo idónea para dicho fin, que como señaló el requerido Cornejo Correa en su declaración, fue el vehículo del denunciante quien lo pasó a llevar y en razón que, como se desprende de la fotografía N° 1 de la prueba del Ministerio Público, portaba una linga en sus manos, dicho impacto generara los daños en el vehículo del denunciante, máxime si como declaró el funcionario policial Medina Urquiola, la denuncia tampoco se hizo a penas ocurridos los acontecimientos, de hecho no se hizo en el Retén de El Tambo ubicado a pocos kilómetros de allí y en la dirección en la que precisamente iba circulando el denunciante, sino que se hizo cerca del mediodía y en la Sexta Comisaría de San Vicente de Tagua-Tagua, lo que privó que se pudiera realizar un procedimiento policial más oportuno y rápido que eventualmente hubiera acreditado la dinámica expuesta por la víctima y la Fiscalía. Así las cosas las fotografías N° 2, 3 y 4 de la prueba del Ministerio Público, que dan cuenta de los daños al espejo del costado izquierdo del vehículo del denunciante, no resultan ser suficientes para determinar la existencia del delito y la participación del imputado, como también acontece con la Copia de cotización N° 59.909, de fecha 5 de enero de 2023, Derco Center, la cual da cuenta de un avalúo por la suma de $581.818.-., pero que no habiéndose logrado acreditar adecuadamente la dinámica de los hechos y el elemento doloso del tipo penal de daños,

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Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua REGISTRO: 189/2023 RE San Vicente de Tagua-Tagua, cuatro de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes y el tribunal. Que, el día treinta de octubre del año en curso, ante este Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua-Tagua, se llevó a efecto audiencia de juicio

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