PENTA HIPOTECARIO ADMINISTRADORA DE MUTUOS HIPOTECARIOS S.A./
Rol
V-167-2020
Fecha
24 de noviembre de 2020
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece en autos don Renato Zenteno Lav ní , abogado, en representaci n convencional de Penta Hipotecarioó Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A., persona jur dica del giro deí su denominaci n, ambos con domicilio en Avenida El Bosque Norte Nó ° 500, cuarto piso, comuna de Las Condes, quien solicita se declare el extrav oí de la nica copia cedible de Mutuo Hipotecario Endosable, queú m s adelante se detalla.á Expone que mediante escritura p blica de fecha 30 de mayo de 2001,ú otorgada ante el Notario P blico de Coquimbo, don Mariano Torrealbaú Ziliani, Repertorio N 1352, ° Administradora de Mutuos Hipotecarios Las Am ricas S.A., hoy Penta Hipotecario Administradora de Mutuosé Hipotecarios S.A., compareciendo como acreedor y don Ricardo Mois sé Cuevas Rivera, empleado, domiciliado en Avenida Circunvalaci n Salvadoró Allende G N 261, comuna de Coquimbo, compareciendo como° comprador, deudor y mutuario, convinieron un mutuo hipotecario endosable, sujeto a las disposiciones del N 7 del art culo 69 de la Ley° í General de Bancos y sus normas complementarias y dem s normativaá pertinente, cuyo monto fue de 584 Unidades de Fomento y que el deudor se oblig a pagar en un plazo de 300 meses, a contar del d a primero del mesó í siguiente a la fecha del contrato por medio de dividendos vencidos, mensuales y sucesivos, que comprend an la amortizaci n y los intereses.í ó Estos ltimos con una tasa de inter s real, anual y vencida ascendente aú é 10,90%. A ade que el deudor con la finalidad de garantizar el exactoñ cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se establecieron en la escritura referida constituy primera hipoteca en favor deó su representada sobre la propiedad ubicada en Avenida Circunvalaci nó Salvador Allende G. N 261, y que corresponde al sitio N 7 de la manzana° ° F , etapa B (Segunda etapa), del Loteo denominado Pe uelas Oriente,“ ” ñ comuna de Coquimbo, inscrito a su nombre a fojas 3515 N 2890, del° Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo,í correspondiente al a o 2001 y la hipoteca a fojas 2996 N 1492 delñ ° Registro de Hipotecas y Grav menes correspondiente al a o 2001 delá ñ mismo Conservador. Asimismo, menciona que se estableci que el cr dito otorgado lo eraó é con la cl usula a la orden, del cual se otorg una sola copia autorizadaá ó endosable, la que se encuentra extraviada, habi ndose agotado los esfuerzosé por ubicarla, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los art culo 88í y siguientes de la Ley 18.092 y 1 de la Ley 18.552, viene en solicitar la° declaraci n de su extrav o, y se autorice a su representada para ejercer losó í derechos que le corresponden como portador del documento. Segundo: Que, con la finalidad de acreditar el sustrato f ctico de suá petici n, el solicitante acompa en autos los siguientes documentos: 1)ó ñó Copia simple de la escritura p blica de mutuo cuya reconstituci n seú ó solicita; 2) Certificado de Hipotecas y Grav menes del inmuebl
Fallo
se declara el extrav oí de la copia endosable del Mutuo Hipotecario Endosable, otorgado por Administradora de Mutuos Hipotecarios Las Am ricas S.A.é hoy, Penta Hipotecario Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A, a don Ricardo Mois s Cuevas Rivera, mediante escritura p blica de fecha 30 deé ú mayo de 2001, suscrita en la Notar a de Coquimbo de don Marianoí Torrealba Ziliani, Repertorio N 1352-2002, debiendo el ministro de fe° y/o auxiliar de la administraci n de justicia que tenga bajo su custodia eló referido Repertorio, otorgar una nueva copia en car cter de nica copiaá ú endosable, practicando la nota marginal correspondiente, y se autoriza a Penta Hipotecario Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A, para ejercer los derechos que le corresponden en su calidad de titular y due o delñ mismo. Reg strese y dese copia autorizada una vez ejecutoriada que sea laí presente resoluci n, para los efectos previstos en el art culo 92 ó í de la Ley Nº 18.092. Rol V 167-2020. Pronunciada por Nancy Torrealba P rez, Juez Subrogante delé Decimotercer Juzgado Civil de Santiago. En Santiago, a veinticuatro de Noviembre de dos mil veinte , se notific poró el estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental,
Texto Completo (Preview)
FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-167-2020 CARATULADO : PENTA HIPOTECARIO ADMINISTRADORA DE MUTUOS HIPOTECARIOS S.A./ Santiago, veinticuatro de Noviembre de dos mil veinte Vistos y considerando: Primero: Comparece en autos don Renato Zenteno Lav ní , abogado, en representaci n convencional de Penta Hipotecarioó Administradora de Mu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica