1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO UNION AEREA LTDA CON MELENDEZ

Rol

I-398-2021

Fecha

14 de marzo de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que motivaron las multas se encontraban en completo cumplimiento con las disposiciones legales vigentes. En dicha reconsideración de multa, se acompañó una serie de documentos que dan cuenta de que nuestra Cooperativa al momento de la Inspección se encontraba en regla, sin que existieran HECHOS que sirvieran de base a las infracciones cursadas, y que serán acompañados en la oportunidad procesal correspondiente. 3.- Mediante carta certificada depositada según timbre de correos con fecha 20 de octubre de 2021, fueron notificados de la Resolución a la reconsideración de multa señalada, la que ordenó rebajar las multas a su representada en un 50%, quedando por tanto en 30 UTM por cada infracción (06), totalizando así 180 UTM.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña PAMELA ISABEL MUÑOZ VERGARA, abogado, en representación, según se acreditará, de Cooperativa de Ahorro y Crédito Unión Aérea Ltda., persona jurídica del giro de su denominación, Rut. N° 84.156.800-1, ambos con domicilio para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O'Higgins N° 2274, comuna y ciudad de Santiago, quien deduce reclamación judicial en juicio del trabajo regido por el procedimiento ordinario, dirigida en contra de don Jorge Antonio Meléndez Córdova, Director Regional del Trabajo de la Región Metropolitana Poniente, domiciliado en Moneda N° 723, comuna de Santiago, Región Metropolitana, dejando sin efecto la Resolución N° 93 de fecha 13 de octubre de 2021, notificada por carta certificada depositada en según timbre de correos con fecha 20 de octubre de 2021, que ordenó el pago de una multa total equivalente a 180 UTM en contra de su representada, en base a los siguientes argumentos: HECHOS. 1. - Con fecha 02 de junio de 2021 fueron notificados de Resolución de multas de fecha 30 de marzo de 2021, y fueron multados por un total de 6 infracciones cada una por 60 UTM sumando un total de 360 UTM, por las siguientes infracciones: Infracción N°1: No actualizar el Plan de Emergencia y Evacuación del lugar de trabajo considerando (distribución de los puestos de trabajo, el aforo reducido, vías de acceso, vías de circulación, zonas de seguridad, evitar aglomeraciones, medidas preventivas de Covid-19 frente a otras emergencias), con el fin de evitar contagios por Covid 19, situación que afecta a los siguientes trabajadores: Itamar Rodríguez, Gabriel Molina, Patricio Clemente, Patricio Márquez, Rodrigo Rojas, Inés Galdames, Rosa Benavides, Mireya Devio y Carmen Silva. Etc Infracción N°2: No disponer de duchas con agua fría y caliente, no obstante que por la naturaleza del trabajo se toma contacto con sustancias que causan suciedad corporal, situación que afecta a los siguientes trabajadores: Inés Galdames, Rosa Benavides, Mireya Devio y Carmen Silva. No cuentan con vestidores. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones legales de saneamiento básico de los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la salud de higiene de los trabajadores. Infracción N°3: No informar a las trabajadoras Sras. Inés Galdames, Rosa Benavides, Mireya Devio y Carmen Silva, que realizan tareas de limpieza y desinfección de los riesgos que extrañan sus labores, las medidas preventivas pertinentes y los métodos de trabajo correcto, respecto de los procedimientos para limpieza y desinfección, en el correcto uso y retiro de la protección personal, la desinfección o eliminación de la protección personal utilizada. Tal hecho es un incumplimiento a las obligaciones legales sobre prevención de riesgos profesionales y del derecho a saber e implica no disponer medidas que protejan eficazmente la vida, salud e higiene de los trabajadores al interior de la empresa. Infracción N°4: No evaluar las

Fallo

por tanto en 30 UTM por cada infracción (06), totalizando así 180 UTM. FUNDAMENTOS DE LA PRESENTE RECLAMACIÓN. Para efectos de desarrollar debidamente cada una de las pretensiones de este libelo, es que se referirá de manera específica a cada una de las infracciones. Infracción N° 1. No actualizar el Plan de Emergencia y Evacuación del lugar de trabajo considerando (distribución de los puestos de trabajo, el aforo reducido, vías de acceso, vías de circulación, zonas de seguridad, evitar aglomeraciones, medidas preventivas de Covid- 19 frente a otras emergencias), con el fin de evitar contagios por Covid 19, situación que afecta a los siguientes trabajadores: Itamar Rodríguez, Gabriel Molina, Patricio Clemente, Patricio Márquez, Rodrigo Rojas, Inés Galdames, Rosa Benavides, Mireya Devio y Carmen Silva. etc. Consideraciones previas: Hace presente que el Plan de Emergencia y Evacuación del edificio Casa Matriz de su representada, se encontraba actualizado al día de la fiscalización, 19 de marzo de 2021, ya que este documento fue sometido con anterioridad a revisión, debido al comienzo de la pandemia Covid-19. A Mayor abundamiento, dicho documento fue enviado por correo electrónico, el día de la fiscalización y durante el desarrollo de ésta, a la Srta. Claudia Carolina Fernández Rojas, Fiscalizadora a cargo de la revisión de su representada. En efecto, el Plan vigente a la fecha de la fiscalización disponía, dentro del procedimiento general de evacuación del recinto (página

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, catorce de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña PAMELA ISABEL MUÑOZ VERGARA, abogado, en representación, según se acreditará, de Cooperativa de Ahorro y Crédito Unión Aérea Ltda., persona jurídica del giro de su denominación, Rut. N° 84.156.800-1, ambos con domicilio para estos efectos en Av.

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