SOTO/CERVECERÍA AUSTRAL
Rol
O-183-2020
Fecha
15 de marzo de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos denunciados corresponden a sendas infracciones a sus obligaciones laborales consignadas en su contrato de trabajo como son las relativas al uso correcto de sus elementos de protección personal y al cumplimiento de su jornada de trabajo. Especialmente consideramos relevante el incumplimiento al uso de mascarilla, ya que con ello incrementa el nivel de riesgo de contagio Covid-19, no sólo a su persona, sino además al resto de los trabajadores de la compañía, sobre todo teniendo presente los niveles de contagio que aquejan a nuestra región en la actualidad y que nos ubican en una de las zonas más riesgosas. Asimismo, y con la finalidad de ponderar la gravedad de los mismos incumplimientos denunciados, es del caso indicar que estos no resultan ser esporádicos, son muy por el contrario, ya parecen una costumbre de su parte, lo que demuestra su nula intención de mantener la relación laboral vigente. Al respecto podemos indicar que usted posee el siguiente historial de amonestaciones: FECHA MOTIVO 24-01-2018 Faltó injustificadamente 13-02-2018 Presenta reiterados atrasos 02-04-2018 Faltó injustificadamente 05-12-2018 Faltó injustificadamente 27-12-2018 Se niega acatar orden de su supervisor 22-03-2019 Faltó injustificadamente 02-04-2019 Presenta reiterados atrasos 16-05-2019 No acata orden del prevencionista de riesgos (Prohibido uso de aros) 17-05-2019 Fue sorprendido durmiendo en línea de latas 21-08-2019 Presenta atraso 14-11-2019 Abandono del trabajo por parte del trabajador, se retiró de las instalaciones las 13:24 horas, sin embargo. 05-10-2020 Faltó injustificadamente Finalmente informamos a usted que sus cotizaciones previsionales por todo el período trabajado se encuentran al día, como consta de los certificados que se acompañan.” Con fecha 12 de noviembre de 2020, firmó finiquito ante la Dirección del Trabajo finiquito, oportunidad en que se procedió al pago de $1.136.334.- por concepto de feriado legal adeudado, estampando reserva de derechos del siguie
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que comparece don Darko Andrés Soto Miranda, C.I. N° 18.208.850-1, trabajador, domiciliado para estos efectos en Océano Indico n° 862, Loteo del Mar, Punta Arenas, quien interpone demanda por despido injustificado, improcedente y/o indebido en contra de su ex empleador Cervecería Austral S.A., del giro su denominación, RUT 96.919.980-7, representada por legalmente por don Felipe Covarrubias Chadwick, C.I. N° 17.087.878-7, ignora estado civil, profesión u oficio, ambos domiciliados en Patagona N° 508, Punta Arenas, y solicita: 1. Que se haga lugar al despido injustificado y/o indebido de que fue objeto. 2. Que se declare que su remuneración para los efectos de base de cálculo ascendía al momento del término de la relación laboral a la suma de $886.798. 2.1 Indemnización por 3 años de servicios por la suma de $2.660.394. 2.3 Indemnización de aviso previo por la suma de $ 886.798. 2.4 Incremento de un 80% por aplicación indebida de la causal de despido, por la suma de $1.736.640, conforme al artículo 168 letra c) del Código del Trabajo. 3. Que se ordene el pago de intereses y reajustes conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo 4. Que se condene en costas. Funda la demanda en los siguientes antecedentes: Ingresa a prestar servicios desde el 8 de mayo de 2017 como Auxiliar de Producción, bajo vínculo de subordinación y dependencia de Cervecería Austral S.A. hasta el 30 de octubre de 2020, fecha en que se le entrega carta de despido por la causal “Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato”, redactada en estos términos: “Ponemos en su conocimiento que se ha decidido poner término a su contrato de trabajo, a contar de esta fecha, por haberse configurado la causal de caducidad del mismo, contemplada en el n° 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, esto es “incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo”. El fundamento de hecho que ha configurado la causal de despido invocada se basa en que se ha podido comprobar que usted incurrió en una grave falta a su contrato de trabajo relativa a sus funciones de “OPERADOR MULTIFUNCION”, tal como se pasa a exponer. En efecto, el día 28 de octubre del presente, usted fue sorprendido en 3 ocasiones durante la jornada de trabajo en el sector de sala de barriles, sin usar la mascarilla que le fue asignada con motivo de las precauciones necesarias para enfrentar la pandemia Covid-19. Frente a lo cual, si bien cada vez que fue sorprendido se le ordenó usarla, usted simplemente desobedeció dicha orden de manera contumaz. Adicionalmente a lo anterior, el día jueves 29 de octubre de 2020, usted falta injustificadamente a sus labores, si bien usted solicito un permiso a su supervisor para “llegar más tarde” el mencionado día, es del caso que usted simplemente no se presentó a su turno sin mediar de su parte ninguna explicación al efecto, lo que en ningún caso se le había autorizado. Los hechos denunciados corresponden a sendas
Fallo
Por lo expuesto, no proceden las peticiones planteadas por la contraria. Solicita tener por contestada la demanda deducida en contra de Cervecería Austral S.A., y se la rechace en todas sus partes, con costas. Tercero: Que con fecha 26 de octubre de 2021, se celebra la audiencia preparatoria con la asistencia del demandante y de los abogados Andrés Eugenio Cáceres Lorca y Diego Andrés Saldaña Martínez, en representación del demandante y de la demandada, respectivamente. Llamadas las partes a conciliación esta no se produce. El juicio se efectuó con fecha 2 de marzo de 2022. Cuarto: Que son hechos conformes los siguientes: 1. Que el demandante prestó servicios bajo subordinación y dependencia de la demandada desde el 8 de mayo de 2017. 2. Que el demandante fue despedido el 30 de octubre de 2020, mediante comunicación escrita fundada en el causal prevista en el artículo 160, N° 7 del Código del Trabajo. Quinto: Que se fijó el siguiente hecho a probar: 1. Última remuneración mensual. 2. Efectividad que el trabajador incurrió en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo. Hechos y circunstancias que lo justifican. Sexto: Que, la parte demandada ofreció y rindió la siguiente prueba: Documental: 1. Carta de despido suscrita por el actor y comprobante de envío a la Dirección del Trabajo. 2.- Finiquito suscrito por demandante ante ministro de fe. 3.- Set de 12 Cartas de amonestaciones indicadas en la carta de despido. 4.- Contrato de trabajo d
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Punta Arenas, quince de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que comparece don Darko Andrés Soto Miranda, C.I. N° 18.208.850-1, trabajador, domiciliado para estos efectos en Océano Indico n° 862, Loteo del Mar, Punta Arenas, quien interpone demanda por despido injustificado, improcedente y/o indebido en contra de su ex empleador Cervecería Austral S.A., del giro su d
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