Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ PEDRO ANTONIO ROJAS SEGOVIA

Rol

O-5348-2023

Fecha

2 de noviembre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 16 de agosto de 2023, 15:36 horas aproximadamente, desde el interior del Pub Restaurante Retro Tribu, ubicado en calle Larraín Alcalde Nro. 835, comuna de La Serena, el imputado Pedro Antonio Rojas Segovia sustrajo y se apropió de un barril de schop metálico de 30 litros, de propiedad del referido Pub- Restaurante, avaluado en $120.000.-, siendo sorprendido por trabajadores del lugar en momentos que abandona el local sin pagar el valor de la especie. Minutos más tarde, encontrándose detenido el imputado por la víctima don Claudio Javier Da Silva Araya, procede a amenazarla que concurriría posteriormente al local comercial Pub Restaurante Retro Tribu, ubicado en calle Larraín Alcalde Nro. 835, comuna de La Serena, donde procedería a dañar el local, específicamente señala que “iba hacer cagar el local.”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2 88 -2-929-2 2- -26- 48-2 2 SENTENCIA, en virtud del artículo 4 del Código Procesal Penal. Vistos:

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos °, °, N° 9, 4 N° , N° , 8, 24, 2 , , , 6 , 4, 6, , 4 2, 446 N° y 296 N° del Código Penal; artículos 88, 89, 9 bis, 9 y 4 del Código Procesal Penal; artículos ° y 4° de la Ley N° 8.2 6, se resuelve: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2 88 -2 RIT Nº: 48 - 2 2 DELITOS: Amenazas no condicionales Hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM SENTENCIADO: PEDRO ANTONIO ROJAS SEGOVIA Código: RNHKXJQJTXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a Pedro Antonio Rojas Segovia, cédula de identidad N° . . - , a sufrir una pena de veintiún días de prisión en su medio, multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple, previsto en el artículo 446 N° del Código Penal, en grado frustrado, cometido en esta comuna, el día 6 de agosto del 2 2 . II.- Que, se condena, igualmente al sentenciado, ya individualizado, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de delito de amenazas, previsto en el artículo 296 N° del Código Penal, ocurrida en esta comuna, el día 6 de agosto del 2 2 . III.- Que, se le sustituyen al condenado ambas

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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, dos de noviembre de dos mil veintitrés Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Claudio Marcelo Ayala Oyanedel Fiscal Nicolás Nicoreanu Rodrigo Defensor María Jesús Beltrán Tormo Imputado Pedro Antonio Rojas Segovia, chileno, cédula de identidad N° . . - , maestro pintor, domiciliado en calle Bernarda Morín N° 88 , población Coll, La Antena, comuna de La

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