Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua-Tagua.

MP C/ DAVID JONATHAN CORDERO VALENZUELA

Rol

O-179-2023

Fecha

1 de noviembre de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS Que el día 30 de enero de 2023 a eso de las 16:40 horas y en circunstancias que el imputado DAVID JONATHAN CORDERO VALENZUELA ingresó a dependencias del supermercado Cugat ubicado en Genaro Lisboa N° 165, comuna de San Vicente de Tagua- Tagua, quien procede a apropiarse con ánimo de lucro y sin la autorización de su dueño de varios productos de propiedad del supermercado, consistentes en desodorantes tipo roll on, para luego cruzar el lineal de cajas sin cancelar por estos productos, siendo retenido por personal de seguridad del supermercado, quienes proceden a su retención y luego entregar a Carabineros, quienes proceden a la detención del imputado y a la recuperación de las especies sustraídas. El avalúo de estas está en la suma de 71.850. A juicio de esta Fiscalía corresponden a un delito de HURTO SIMPLE del artículo 446 N° 3 del Código Penal, atribuyéndole al imputado calidad de autor en grado de frustrado. Código: XCNXXJNXYPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono: 72 2 573099 SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor. Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 11 N° 6, 11 N° 9, 70, 446 N° 3, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 4 y 38 de la Ley N° 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a DAVID JONATHAN CORDERO VALENZUELA, cédula de identidad N° 18.097.905-0, , ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a una pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de un delito frustrado de HURTO SIMPLE, ilícito previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, ocurrido el día 30 d

Fundamentos

fundamentos señalados en el considerando séptimo de esta sentencia. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y Archívese en su oportunidad. SENTENCIA EJECUTORIADA. Observaciones:  El Tribunal apercibe a la sentenciada a fin de que concurra a Gendarmería - CASI de Rengo, ubicado en calle José Bisquertt 205, comuna de Rengo, el día lunes 06 de noviembre de 2023, en horario de oficina, entre las 08:30 y las 17:00 horas. Bajo apercibimiento del artículo 24 de la Ley 18.216. Sirva la presente acta de suficiente oficio remisor.  El Tribunal: Que se DEJA SIN EFECTO la medida cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal, Letra g), esto es, que el imputado tenía la prohibición absoluta de ingresar al Supermercado Cugat de San Vicente de T.T. Ofíciese a Carabineros de la Sexta Comisaría de San Vicente de T.T., a fin de que tomen conocimiento de lo resuelto. Sirviendo la presente acta como suficiente oficio remisor.  Cese custodia – orden de libertad en esta causa – Gendarmería DICTADA POR JORGE ALIRO PARRAGUÉ LÓPEZ, JUEZ TITULAR DE GARANTÍA DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA. Llpavez Código: XCNXXJNXYPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XCNXXJNXYPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-03T14:06:57-0300

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a DAVID JONATHAN CORDERO VALENZUELA, cédula de identidad N° 18.097.905-0, , ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a una pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de un delito frustrado de HURTO SIMPLE, ilícito previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, ocurrido el día 30 de enero del año 2023 en la comuna de San Vicente de Tagua-Tagua. II.- Que concurriendo en favor del sentenciado, los requisitos contemplados en los artículos 1 y 4 de la Ley 18.216, la pena privativa de libertad se sustituye por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto a la observancia de Gendarmería de Chile por el término de UN AÑO. Si la pena sustitutiva antes indicada le fuere revocada, deberá cumplir integra y efectivamente la pena corporal impuesta. Sirviéndole de abono 3 días por la detención en el Juzgado de Garantía de Rengo y siendo puesto a disposición de este Tribunal, más el control de la detención de fecha 27 de julio del año 2023. III.- Que en cuanto a la pena de multa, habiéndose rebajado ésta a 1/3 de unidad tributaria mensual, la misma se tiene íntegramente por cumplida con cargo al control de la detención de fecha 31 de enero del año 2023. IV.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 38 de la Ley 18.216, se ordena oficiar en su oportunidad, al

Texto Completo (Preview)

Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono: 72 2 573099 REGISTRO : 188/2023 ACTA DE AUDIENCIA RUC: 2300116212-8 RIT: 179-2023 JUEZ: JORGE ALIRO PARRAGUÉ LÓPEZ FECHA: 01 de noviembre de 2023 HORA INICIO: 11:04 HORA DE TÉRMINO: 11:25 TIPO DE AUDIENCIA: Juicio Oral Simplificado DELITO: Hurto simple AUDIO: INTERVINIENTES: ASISTENTE DE FISCAL: Andrés Ignacio Jara González DEFE

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