Juzgado de Garantía de la Serena.

SEBASTIAN RENE GAMBOA PEREZ C/ EDUARDO ALEXIS GONZÁLEZ PÉREZ

Rol

O-7519-2022

Fecha

2 de noviembre de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta comuna, dedujo acusación en contra de don EDUARDO ALEXIS GONZÁLEZ PÉREZ, cédula nacional de identidad N° 6.452.503- , chileno, soltero, nacido en 22 de septiembre de 986, ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle Esmeralda N° 3, sector Las Compañías, comuna de La Serena, representado por un abogado defensor penal público, por la autoría que le atribuye en un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños, sin obtener licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 96, en relación con el artículo 0 y 209, todos de la Ley 8.290 de Tránsito, ocurrido en la comuna de La Serena, por lo que requirió la imposición de una pena de 8 8 días de presidio menor en su grado medio, multa de 0 unidades tributarias mensuales, suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de 2 años, más la pena accesoria de suspensión de carga u oficio público durante el tiempo de la condena, más costas. Indicando en su acusación que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal. SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público se funda en los siguientes hechos, que se reproducen literalmente de la exposición contenida en el libelo acusatorio: “El día 8 de septiembre de 2022, a las 7: 0 horas aproximadamente, en circunstancias que el imputado Eduardo Alexis Gonzalez Perez, conducía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, el automóvil marca Toyota, modelo Corolla XLI .6, placa patente única ZR.2244, por calle Caldera con pasaje Chañaral, comuna de La Serena, fue controlado por personal de carabineros de chile, quienes al fiscalizarlo, se percataron de la ebriedad del imputado por fuerte hálito alcohólico, rostro cogestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, estado que fue confirmado por el examen de alcoholemia, el que arrojó un resultado de . 6 gramos por mil de alcohol en la sangre.” TERCERO: Que, para el evento del aceptar el acusado el procedimiento abreviado, el fiscal señaló que concurría la circunstancia atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos, señalada en el N° 9 del artículo del Código Penal, en relación con el artículo 407 del Código Procesal Penal, sin que concurrieran agravantes de la misma; por lo que conforme a ello, solicitó la imposición Código: EXMVXJQDERD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2200.922.312-K. RIT Nº: . 19-2022. DELITO: Manejo en estado de ebriedad. SENTENCIADO: Eduardo Alexis González Pérez. 2 de una pena de 54 días de presidio menor en su grado medio, multa de 2 unidades tributarias mensuales, suspensión de su permiso o licencia de conducir por el plazo de 2 años, sin el pago de las costas de la causa. CUA

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a EDUARDO ALEXIS GONZÁLEZ PÉREZ, cédula nacional de identidad N° 6.452.503- , ya individualizado, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como autor de un delito de conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 96 en relación con los artículos 0 y 209, todos de la Ley 8.290, perpetrado en la comuna de La Serena, el día dieciocho de septiembre del año dos mil veintidós. II.- Que, se sustituye al condenado la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de REMISION CONDICIONAL, por el plazo de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS, debiendo mantener su residencia en la comuna de La Serena, quedando sujeto a la discreta observación y asistencia a la autoridad administrativa competente, a saber, el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de la comuna de La Serena, debiendo dar cumplimiento a las restantes condiciones previstas en la Ley, y presentarse en dicho centro dentro del plazo de quinto día de ejecutoriada la presente sentencia a cumplir la pena sustitutiva impuesta, bajo apercibimiento de ser declarado su quebrantamiento. III.- Que, si el condenado no pagare la multa impuesta o no tuviere bienes para satisfacer la misma, sufrirá por

Texto Completo (Preview)

Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2200.922.312-K. RIT Nº: . 19-2022. DELITO: Manejo en estado de ebriedad. SENTENCIADO: Eduardo Alexis González Pérez. La Serena, a dos de noviembre del año dos mil veintitrés. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta comuna, dedujo acusación e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica