MP C/ EDUARDO ALFONSO SANHUEZA RIFFO
Rol
O-2858-2023
Fecha
31 de octubre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 04 de mayo de 2023, a las 16.22 horas en la vía pública en calle Arturo Prat con Manuel Rodríguez de Temuco, se encontraba el requerido EDUARDO ALFONSO SANHUEZA RIFFO, quien fue sindicado como que estaba efectuando robo por sorpresa a transeúntes que se encontraban en el lugar. De tal manera concurren Carabineros a la dirección ya indicada, momento en el cual el requerido huye del lugar. Carabineros solicita que se detenga para un control de identidad, el sujeto corre, se da a la fuga por diferentes calles del centro de Temuco. Se efectúo un seguimiento por Carabineros sin perderlo de vista y en Las Heras con Caupolicán, el requerido se despoja de unas vestimentas quedando con un polar color celeste, para continuar corriendo por calle Portales y en la intersección de Avenida Caupolicán, aborda un bus de la locomoción colectiva de la Línea 8, es alcanzado por Carabineros en calle Portales esquina Las Heras, se aborda el bus por personal policial, se ubica al imputado y se le fiscaliza solicitándole su cédula de identidad para efectuar un control conforme a control de identidad, manifestando el requerido que no la portaba y negándose a identificarse al personal de Carabineros, señalándose “que se fueran a la cresta” que el no andaba haciendo nada malo. Ante la negativa a identificarse se le detuvo y posteriormente, efectuando una revisión de sus vestimentas, se pudo corroborar que mantenía un arma blanca, específicamente una Código: VKCXXJZXNPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cortapluma, marca Tramontina de 18.7 cm de largo por 8 cm de hoja, de material plástico, sin justificar el porte del mismo.” II. La fiscalía, representada por el Fiscal Adjunto Sr. PATRICIO MONTECINOS HERNANDEZ, para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal, modificó el requerimiento y tuvo los hechos como un delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis de
Fallo
Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 388, 389, 390, 393, 395 y 398 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 70 y 288 bis del Código Penal, RESUELVO: I. Que se condena a EDUARDO ALFONSO SANHUEZA RIFFO, RUN - , ya individualizado, a la pena de MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO (1 ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de un DELITO CONSUMADO DE PORTE ILEGAL DE ARMA CORTANTE, cometido en esta jurisdicción el 4 de mayo de 2023. Código: VKCXXJZXNPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, la multa impuesta se le tiene por cumplida con cargo a dos días de detención en esta causa. III. Se decreta el comiso de los efectos e instrumentos del delito incautados por la fiscalía y se le autoriza para disponer de ellos conforme a derecho. IV. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Una vez ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Remítase copia de la sentencia al Registro Nacional de Condenas del Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese y dese copia. RUC 1 -1 RIT - Dictada por don MAURICIO ALEJANDRO TORRES CONTRERAS, Juez de Garantía (S). Código: VKCXXJZXNPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-31T20:37:27-0300
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SENTENCIA DEFINITIVA: Temuco, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés. I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de EDUARDO ALFONSO SANHUEZA RIFFO, RUN - , mecánico, domiciliado en calle Gilberto Montero Nº 116 , Chivilcán, Pedro de Valdivia, comuna de Temuco, asistido por la abogada defensora penal pública Sra. VERONICA ALIAGA NAVARRO, y el imputad
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