3º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTIAN MAURICIO MONTES AYALA

Rol

O-5681-2022

Fecha

26 de octubre de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos El día 20 de diciembre de 2022, alrededor de las 10:30 horas, en circunstancias que la víctima Ágata Vega Ibaceta, se encontraba esperando locomoción colectiva en el paradero ubicado en la intersección de Av. La Paz con Profesor Zañartu, Comuna de Recoleta, fue abordada por los acusados Cristian Montes Ayala y Johann Nuñez Murillo, ya individualizados, procediendo ambos a tomarla por la espalda mientras que el acusado Nuñez Murillo la intimido colocándole un cuchillo cocinero en la zona costal, señalándole textualmente: “entrega todo, rápido” logrando la víctima a alertar a su padre, el cual se encontraba en las inmediaciones, quien acude en su ayuda, dándose a la fuga ambos acusados. Calificación Jurídica: Los hechos así descritos configuran un delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, en relación con el artículo 432 y 439 del mismo cuerpo legal. El delito por el cual se ha acusado se encuentra conforme al artículo 7° del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, que en atención al artículo 450 del Código Penal, el hecho debe sancionarse como consumado. A los acusados les corresponde en los hechos responsabilidad a título de autores en el delito de Robo con intimidación, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, toda vez que ejecuto el hecho en forma inmediata y directa. SEGUNDO: Que la acusación fue dada a conocer en audiencia siendo conocida de las partes y la fiscalía solicita la pena de tres años y un dia de presidio menor en su grado máximo y accesorias legal y solicita se cumpla con EXPULSION DEL TERRITORIO NACIONAL TERCERO: Que el acusado, y el fiscal adjunto solicitaron se procediera en conformidad al artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, el imputado declaro que conocía y aceptaba expresamente los hechos materia de la acusación y los antecedentes de la investigación en que ésta se funda y renunciando a su derecho al juicio oral y público, ma

Fundamentos

considerando , lo siguiente primero la extensión de la pena impuesta , pena aflictiva y solicitud del Ministerio Publico , segundo la situación que el encartado quien no reside legalmente en el país y se encuentra en carácter de irregular en el territorio nacional , tercero que se escuchó el departamento de Migraciones en audiencia y, cumpliéndose así todos los requisitos del artículo 34 de la ley 18216 ,

Fallo

Por estas consideraciones , VISTOS Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3º, 5º, 11 9 , 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 214,432, 436 inciso primero del Código Penal; en los artículos 1º, 2º, 4º, 45, 406. . 407 y siguientes del Código procesal penal y art 34 y siguientes de la ley 18.216 SE DECLARA: Código: MTQHXJMKPMD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial I.- Que el acusado es culpable de la acusación formulada por el Ministerio Público, y en consecuencia, se condena al acusado CRISTIAN MAURICIO MONTES AYALA ya individualizado en calidad de autor y en grado de consumado del siguiente delito DEL DELITO DE ROBO CON INTIMIDACION previsto y sancionado en el art 436 inciso primero del código penal, A LA PENA DE TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO y a la sanción accesoria del artículo 29 del código penal de inhabilitación absoluta perpetua para derecho políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena – II.- Que en este caso considerando , lo siguiente primero la extensión de la pena impuesta , pena aflictiva y solicitud del Ministerio Publico , segundo la situación que el encartado quien no reside legalmente en el país y se encuentra en carácter de irregular en el territorio nacional , tercero que se escuchó el departamento de Migraciones en audiencia y, cumpliéndose así todos los requisitos del artícu

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Poder Judicial SANTIAGO , VEINTISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Santiago la fiscal adjunta del ministerio público FRANCISCO TOLOSA Fiscal adjunto Fiscalía Centro Norte domiciliado en Pedro Montt Nº 1606, 5º piso, ha presentado acusación en procedimiento abreviado en la causa criminal en contra

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