2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ EDUARDO BARTOLOMÉ SOCÍAS MELLA

Rol

O-7378-2022

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 08 de noviembre de 2022 alrededor de las 18:00 hrs. el imputado EDUARDO BARTOLOMÉ SOCÍAS MELLA, mantuvo en su poder y condujo la motocicleta inscrita bajo la PPU LSX-085, transitando por la inmediaciones de las intersección de Barros Arana con Serrano comuna de Renca, la motocicleta inscrita a nombre de Don FEDERICO HUNG BORGEZ había sido sustraída por desconocidos el día 18 de octubre del año 2021, mediante un delito de Robo en Bienes Nacionales de uso público cometido en el Molino a la altura del N° 1845 comuna de Independencia y el imputado la mantuvo en su poder y utilizó conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito toda vez que no la había recibido de su dueño legítimo, no mantenía documentos o antecedente alguno que justificara su tenencia legitima y la operaba sin mantener instalada su placa patente a la vista y manteniendo una chapa de contacto instalada artesanalmente para sustituir a la original que había sido retirada por la fuerza. SE DECLARA: I.- Que se condena a EDUARDO BARTOLOMÉ SOCÍAS MELLA ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE 1/3 de UTM y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO, en grado consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, hecho perpetrado el día 08 de noviembre de 2022 en la comuna de Renca. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la Código: QXXWXJXCRKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA POR IGUAL PLAZO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD IMPUESTA. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a EDUARDO BARTOLOMÉ SOCÍAS MELLA ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE 1/3 de UTM y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO, en grado consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, hecho perpetrado el día 08 de noviembre de 2022 en la comuna de Renca. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la Código: QXXWXJXCRKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA POR IGUAL PLAZO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD IMPUESTA. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, sin otros abonos III.- Que la pena de multa se le tendrá por cumplida con el día que estuvo detenido por esta causa, a saber 9 de noviembre de 2022 IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, 30 de octubre de 2023 TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: Mónica Patricia Bellalta Queraltó RUC: 2201113105-4 RIT: 7378-2022 IMPUTADO: EDUARDO BARTOLOMÉ SOCÍAS MELLA C.I. 0014491356-6 FECHA DE NAC. 24-10-1980 DIRECCION Calle ESMERALDA Nº 1660 COMUNA: Renca DELITO RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO ARTICUL

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