BCN ACTIVA S.A./FUENZALIDA
Rol
O-31-2020
Fecha
14 de marzo de 2022
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos configuran plenamente la causal contemplada en el artículo 159 Nº 4 del Código del Trabajo, ya que el contrato de trabajo de la trabajadora era a plazo fijo y éste se terminaba con fecha 30 de mayo de 2020, siendo debidamente informado su término a la trabajadora, a través de carta certificada enviada a su domicilio con fecha 29 de mayo de 2020. Luego de citas legales pide tener por interpuesta demanda en juicio de aplicación general por desafuero maternal en contra de doña PATRICIA DEL CARMEN FUENZALIDA PEREIRA y, en definitiva, dar lugar a ella y conceder la autorización judicial previa que requieren para proceder a poner término al contrato de trabajo suscrito por la demandada, sin derecho a indemnización alguna, por concurrir la causal del artículo 159 Nº 4 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que válidamente notificado de la demanda y su proveído, la demandada no contestó la demanda. TERCERO: Actuaciones en audiencia preparatoria. Que, con fecha 25 de enero de 2022, se celebra la audiencia preparatoria con la comparecencia de la parte demandante y con la incomparecencia de la demandada, tendiéndose por no contestada la demanda. Se establecieron como hechos controvertidos, los siguientes: 1.-Existencia de la relación laboral. En la afirmativa fecha de inicio, funciones y naturaleza del contrato. Hechos que lo acrediten. 2.-Efectividad de encontrarse la trabajadora amparada con fuero maternal. Hecho circunstancias que lo acrediten. 3.- Pormenores y circunstancias que dan precedente a la autorización judicial, para poner término al contrato de trabajo. 4.- Efectividad de concurrir las circunstancias que den origen al fuero maternal. CUARTO: Actuaciones en audiencia de juicio. Que, con fecha 24 de febrero de 2022, se celebra la audiencia de juicio y la parte demandante incorpora la siguiente prueba: PRUEBA DOCUMENTAL: 1. Contrato de trabajo de fecha 11 de mayo de 2020 y anexo de contrato de igual fecha. 2. Certificado médico de fecha 28 de may
Fundamentos
considerando cuarto. SEXTO: Que, uno de los fundamentos de un sistema contradictorio y adversarial, como el actual sistema de enjuiciamiento laboral, es que las partes muestran al tribunal cuales son los lineamientos de sus acciones y defensas, debiendo, por consiguiente, entenderse que es en base a éstas que se forma la controversia. Faltando una de ellas, la controversia es imposible, quedando únicamente como posibilidad la actividad protectora del Juez. En este caso concreto, los antecedentes proporcionados por la demandante son plenamente plausibles y coherentes, lo que se ha traducido en la facultad de este juez de estimar tácitamente admitidos los hechos como se lo franquea la ley. SÉPTIMO: Que, habiéndose admitido tácitamente los hechos contenidos en la demanda, se deberá hacer lugar a ella en todas sus partes, como se expondrá en lo resolutivo del fallo. Que, con el mérito de los antecedentes acompañados por la actora en su demanda y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 N° 3, 174, 159 N° 4, 201, 444, 446, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se estiman suficientemente fundadas sus pretensiones y
Fallo
se declara: I. Que, SE ACOGE EN TODAS SUS PARTES la demanda de desafuero maternal entablada por MARÍA PAZ FUENZALIDA CATALÁN, en representación de BCN ACTIVA S.A., en contra de PATRICIA DEL CARMEN FUENZALIDA PEREIRA,, y en consecuencia, se le autoriza a poner término al contrato de trabajo suscrito por las partes con fecha 11 de mayo de 2020, por concurrir a su respecto, la causal de caducidad del artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, “Vencimiento del plazo convenido en el contrato”. Regístrese, comuníquese y archívese, cuando en derecho corresponda RIT O-31-2020 RUC 20-4-0277776-2 Dictada por don PABLO DIONISIO RAMOS ABARZÚA, Juez Titular del Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral. En Parral a catorce de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral Procedimiento: Aplicación General Materia: Desafuero RIT O-31-2020 RUC 20-4-0277776-2-0141 Demandante: BCN ACTIVA S.A. Demandada: Patricia del Carmen Fuenzalida Pereira Juez Titular: Pablo Dionisio Ramos Abarzúa Fecha de ingreso: 15 de junio de 2020 Fecha de sentencia: 14 de marzo de 2022 Parral, catorce de marzo de dos mil veintidós. Vistos, oídos y ten
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica