MP C/ MARCELA ESTER BURGOS NÚÑEZ
Rol
O-4891-2022
Fecha
30 de octubre de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 4891 - 2022 RUC 2200206301-1 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: XCZPXJCZWVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XCZPXJCZWVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-30T22:12:53-0300
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 21 y siguientes, 30, 67 y siguientes del Código Penal; artículos 30, 36. 45, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 40 de la Ley 20.000; artículo 17 de la Ley 19.970; se declara: I.- Que, SE CONDENA a PATRICIA DEL CARMEN ARGEL MUÑOZ, RUN N° 9.852.684-6, ya individualizada, como autora del delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, cometido en Puerto Montt los días 05 y 22 de julio de 2022, a la PENA UNICA de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UNA unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena privativa de libertad y la multa impuesta se le tendrán por cumplidas, atendido el tiempo en que permaneció privada de libertad con motivo de la cautelar de arresto domiciliaria parcial. III.- Que, se dispone la incorporación de la huella genética de la condenada en el registro respectivo. IV.- Que, se decreta el comiso de las especies incautadas a propósito del procedimiento de rigor, una balanza digital, autorizándose desde ya, la disposición o destrucción de la misma conforme a Derecho, si así lo estima el Ministerio Público y la suma de dinero de $18.000.- (dieciocho mil) pesos, deberá ser destinada a la Secretaría Ejecutiva de SENDA. V.- Que, no se le condena en costas por haber
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Sentencia: Puerto Montt, treinta de octubre de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 21 y siguientes, 30, 67 y siguientes del Código
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