SÁNCHEZ GONZALEZ CON FISCO DE CHILE POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
T-11-2020
Fecha
12 de marzo de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: I.- De las partes y sus Apoderados. Que, don PATRICIO ALEJANDRO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, cédula de identidad N°15.943.730-2, Inspector Grado 11, de la Policía de Investigaciones de Chile, con domicilio en esta ciudad, calle Peña flor N° 1861, patrocinado por el Abogado don Miguel Reyes Poblete, también su apoderado en juico, con domicilio y forma de notificación registradas en autos, deduce demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, con ocasión del despido, con más las medidas e indemnización que indica, y que dirige en contra del FISCO DE CHILE, Corporación de Derecho Público, Rut N° 61.806.000-4, en representación de la POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, órgano de la Administración Centralizada del Estado, y ambos representados por el Consejo de Defensa del Estado, en esta Región por la Abogada Procurador Fiscal de Arica doña Ana María Cortés Espejo, todos con domicilio en esta ciudad, en calle 7 de Junio N° 280, tercer piso. La presente causa se tramitó conforme a las normas del procedimiento de tutela laboral de los artículos 485 y siguientes del Código del Trabajo, atendida la naturaleza de la materia discutida, al que se le asignó el Rit T-11-2020. El Consejo de Defensa del Estado, representado por la Abogado Procurador Fiscal de Arica, doña Ana Cortés Espejo, asume el patrocinio de la demandada, y como apoderado en juicio de la demandada asumió el Abogado del mismo Consejo, don José Andaluz Sandoval. La demandada, al contestar, planteó las excepciones de incompetencia absoluta del tribunal por no resultar aplicables las normas laborales a los funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, y la de caducidad de la acción de tutela; y en subsidio, pidió el rechazo de la demanda, con costas. Con fecha 6 de marzo de 2020, se llevó a efecto la audiencia preparatoria, donde se hizo una breve relación de la demanda y de su contestación. Luego se resolvió las excepciones opuestas, conforme lo ordena el artículo 453, N° 1, párr
Fundamentos
CONSIDERANDO: II.- De las Pretensiones y Defensas o Alegaciones de las Partes. A.- De la Denuncia del Demandante. PRIMERO: Que, don Patricio Alejandro Sánchez González, ya individualizado, interpone demanda de tutela laboral, en contra del Fisco de Chile, en representación de la Policía de Investigaciones de Chile, también individualizados, y pide se declare que el término de su relación laboral se produjo a consecuencia de la vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, y al efecto pide se la condene al cumplimiento de las medidas de reparación, y al pago de las prestaciones e indemnizaciones, con costas. Fundamenta su pretensión en que se desempeñó como funcionario de la PDI desde el 1 de febrero del 2006, que actualmente es Inspector, Grado 11°, de dotación de la Brigada Investigadora de Robos Valparaíso, dependiente de la Prefectura Provincial Valparaíso, con más de 14 años de servicio. Hace presente que se desempeñó en las Unidades de Robo y de Antinarcóticos de la ciudad de Arica hasta el año 2013. Refiere que en el año 2008, mientras cursaba el tercer año de estudios en la Escuela de Investigaciones en Santiago, se le diagnosticó la enfermedad de Crohn, la cual es crónica y requiere un alto costo medicamentoso mensual, además de controles médicos periódicos y de urgencia en caso de crisis. Se trata, dice, de una enfermedad inflamatoria crónica que puede afectar el tubo digestivo desde la boca hasta el ano, pero principalmente la última porción del intestino delgado y el colon, y consiste esencialmente en una inflamación de toda la pared del intestino afectado. Luego de describir las características y consecuencias de la enfermedad, señala que ha sido internado de urgencia en reiteradas ocasiones en la Clínica de la Universidad Católica de Santiago, en la Clínica Valparaíso, en la Clínica de La Serena y en la Clínica San José, de Arica, dependiendo del lugar donde se desencadene sus crisis. Dice que debido a las hospitalizaciones reiteradas durante los últimos 3 años, sus jefaturas han estado en total conocimiento de su situación de salud, la cual está respaldada incluso en su hoja de vida funcionaria. Por otra parte, prosigue, desde mayo de 2017 fue derivado a un psiquiatra en la ciudad de Santiago para tratar una evidente depresión que arrastraba por la gravedad de su enfermedad; agrega que en Arica lo trató el Psiquiatra Dr. Bargsterd Herrera desde mayo a julio del año 2017, luego de diciembre de 2017 a marzo de 2018 lo tomó (sic) el Psiquiatra Dr. Ricardo Yevenes, por un cuatro "depresivo mayor severo", cuadro reactivo, que es tratado con medicamentos antidepresivos, pero por motivos económicos no pudo cumplir el tratamiento. Señala que en el mes de abril de 2018 lo atendió el Dr. Carlos Díaz Martínez, médico psiquiatra de la Jefatura de Sanidad de la Policía de Investigaciones, en la ciudad de Santiago, manteniendo el diagnóstico de depresión mayor. Expone que lleva más de 20 meses con licencia médica por la en
Fallo
por estas patologías, sin apoyo de la PDI. 4.- No se le ha citado a la Comisión Médica por la gravedad de las patologías, toda vez que la demandada quería impedir que se jubilara por incapacidad laboral, porque buscaba desvincularlo de la Institución como efectivamente aconteció. 5.- Su hospitalización en psiquiatría, ante eventual intento de suicidio (cortes en brazos y empastillamiento), de lo cual también se le dio cuenta a la fiscalía del Sumario (sanitario), pese a lo cual tampoco recibí apoyo médico. 6.- El año 2012, la comisión médica PDI júbilo por invalidez de segunda categoría al Subcomisario Enzo Bruno Rocca Tapia, de la Brigada de Ciber Crimen Valparaíso, por la misma enfermedad de Crohn que padece desde el 2008. 7.- Una de las denuncias actualmente vigentes que hizo en contra el director general y el contralor de salud fue por prevaricación administrativa, ya que saben que le corresponde la jubilación por invalidez y se la han negado, y en ese contexto, hizo además la denuncia ante la Contraloría General, por desigualdad ante la ley, por negarle el derecho a salud y a protección de la misma, y por discriminación arbitraria, la cual también está vigente. En paralelo hizo la denuncia en el Ministerio del Interior, y está fue derivada a la división de investigaciones, quienes el 21 de junio del 2019 y el 15 de octubre del 2019 y en conocimiento de su grave situación médica, le ordenaron al director general que lo citará definitivamente a la comisión médica para
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Procedimiento: De Tutela Laboral Materia: Vulneración de Derechos Fundamentales Demandante: Sánchez González, Patricio Demandado: Fisco - Policía de Investigaciones RIT T-11-2020 RUC 20- 4-0250881-8 ____________________________/ Arica, a doce de marzo del año dos mil veintidós. VISTOS: I.- De las partes y sus Apoderados. Que, don PATRICIO ALEJANDRO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, cédula de identidad N°15.943.
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