MP C/ GONZALO ISRAEL COFRÉ VILLANUEVA
Rol
O-9033-2021
Fecha
30 de octubre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 23 de septiembre de 2021 aproximadamente a las 15:30 horas, el imputado ingresó al supermercado Santa Isabel de calle General Carrera Nr. 499 Temuco, en ese lugar ocultó en una mochila que portaba especies que allí se comercializaban, específicamente 2 bebidas energéticas marca Redbull, 1 café marca Cruceiro, 2 tarros de café de marca Nescafé de 100 gramos, 1 tarro de café Nescafé Fina selección de 200 gramos, especies avaluadas en $27.296, con las que abandono el supermercado sin pagar su valor, siendo detenido por personal de seguridad del supermercado. HECHOS 2: El día 06 de Mayo del año 2022, en el Supermercado Santa Isabel ubicado en Manuel calle Bulnes 239 de la Comuna de Temuco, el imputado procedió a sustraer tres tarros de Nescafé, un display de carne 4 bistec de carne vacuno, todo avaluado en la suma de $47.686 para luego traspasar las cajas registradoras sin cancelarlas. Lo que a juicio del Ministerio Público constituye el delito de hurto simple. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de Código: LZNPXJDDMKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte
Fundamentos
motivos del control de detención y se le exime del pago de las costas de la causa. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8° de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, desde las 20:00 horas hasta las 06:00 horas de la mañana, en su domicilio, de lunes a domingo, incluyendo lo festivos. Para esto, en esta oportunidad, el Tribunal va a oficiar al Centro de Reinserción social de Temuco. Se otorgan cinco días de plazo para que el imputado se presente en el Centro de Reinserción social de Temuco, bajo apercibimiento que si no se presenta se dictará orden de detención en su contra. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT : 9033 – 2021 RUC : 2100861947-3 Código: LZNPXJDDMKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRONUNCIADA POR DOÑA MARCIA PATRICIA CASTILLO MONJES JUEZ DE GARANTIA DE TEMUCO. Código: LZNPXJDDMKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-31T13:45:42-0300
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de Código: LZNPXJDDMKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 15, 7°, 49, 68, 69, 70, 432, 446 n° 3 del Código penal, 395 y siguientes del Código Procesal Penal y la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se CONDENA a GONZALO ISRAEL COFRÉ VILLANUEVA, ya individualizado, en su calidad de autor de dos delitos frustrados de HURTO, perpetrados el 23 de septiembre 2021 y 06 de mayo de 2022 en la ciudad de Temuco, a una pena únic
Texto Completo (Preview)
RIT : 9033 – 2021 RUC : 2100861947-3 MATERIA : dos delitos de HURTO SIMPLE IMPUTADO : GONZALO ISRAEL COFRÉ VILLANUEVA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0016631347-3 DOMICILIO : Calle LAS CASCADAS 1931 Temuco ATENUANTES : No concurren AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, treinta de octubre de dos mil veintitrés. HECHOS: El día 23 de septiembre de 2021 aproximada
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