MP C/ ALEJANDRO ALEXIS MOLINA MOLINA
Rol
O-906-2023
Fecha
26 de octubre de 2023
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y causado con ello una economía al erario fiscal. Regístrese, notifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Archívese oportunamente. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, por lo que se tiene por ejecutoriada la sentencia a contar de esta fecha, cúmplase y ofíciese. Quedan los intervinientes presentes notificados en forma personal de todo lo obrado en audiencia. RIT N° 906 - 2023 RUC N° 2300902615-0 Dictada por don GERARDO ADRIÁN ROCHOW SANDOVAL, Juez (S) del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli. Código: XTXLXJVXQXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-30T14:41:39-0300
Fundamentos
considerando: Que en esta causa RIT Nº 906 - 2023, RUC Nº 2300902615-0, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don ALEJANDRO ALEXIS MOLINA MOLINA, Cédula Nacional de Identidad N° 0018909410- 8, domiciliado en Calle Villa Los Presidentes, Calle San Sebastián Nº 714, comuna de Panguipulli. PARTE CONSIDERATIVA: Consta en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA:
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a don ALEJANDRO ALEXIS MOLINA MOLINA, Cédula Nacional de Identidad N° 0018909410-8, ya individualizado, como autor del delito consumado de Daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, hecho cometido en esta jurisdicción, en perjuicio de la víctima de la Quinta Comisaria de Carabineros, a las siguientes penas: A) A la pena de MULTA DE 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que la multa impuesta deberá pagarse en pesos en su valor nominativo, mediante un depósito efectuado en la Tesorería General de la República, a través de un formulario que le será entregado en el Tribunal. Que para el pago de la multa impuesta se concede al sentenciado el plazo de un mes a contar de la fecha de ejecutoria de la presente sentencia. En caso de carecer de bienes para el pago de la multa sufrirá, por vía se sustitución y solo si consistiere en ello, la pena de prestación de Código: XTXLXJVXQXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl servicios en beneficio de la comunidad, regulándose ésta en ocho horas de trabajos no remunerados por cada tercio de unidad tributaria mensual por la cual fue sentenciado el condenado. En caso de no consentir en dicha sustitución, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose esta en un día de privación de libertad por cada tercio de unidad tributaria mensual por la cual fue condenado. III.- Que se exime al sentenciado
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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA Etchegaray Nº 823, Fono 63 2 311 335 P A N G U I P U L L I S E N T E N C I A Panguipulli, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Que en esta causa RIT Nº 906 - 2023, RUC Nº 2300902615-0, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don A
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