Juzgado de Letras y Garantía de Pucon.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ GABRIEL ALEXANDRO CASTILLO FERNANDEZ

Rol

O-2322-2023

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2301158723-2 RIT 2322 - 2023, ha comparecido el ministerio público de esta ciudad representado por su fiscal adjunto CARLOS HOFFMANN FLANDES, quien presentó requerimiento en contra de don GABRIEL ALEJANDRO CASTILLO FERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad 0018935142-9, de profesión u oficio DESCONOCIDO, domiciliado en SECTOR PLAYA BLANCA S/N CABURGUA PUCÓN, forma de notificación MAIL, legalmente representado por la defensor penal público licitado DANAE CASTRO CRUZ, verificándose la audiencia, en los siguientes términos: El día 24 de octubre de 2023 a las 14:00 horas aproximadamente, desde el interior del supermercado Eltit, ubicado en camino internacional número 2000, de la comuna de Pucón, el requerido sustrajo especies avaluadas en $17.309, consistentes en aceite, arroz, ajo y otras comidas, las ingresó a una mochila y traspasó las cajas sin pagar su valor. Calificación jurídica hurto falta art. 494 bis C.P., en calidad de autor y grado de desarrollo consumado, le perjudica la modificatoria de reincidencia específica del Art. 12n16 C.P. Solicitud de pena de 10 días de prisión, multa de 2 U.T.M., accesorias legales y costas, y si acepta, se le reconoce la atenuante del art. 11n°9 C.P., se rebaja a 1 día de prisión, y una multa de 1 U.T.M., más accesorias legales y costas. Los antecedentes que forman parte de la investigación están dados por el parte policial N°2756, de fecha 24 de octubre de 2023, de la 9°Comisaría de Pucón y sus anexos, acta de entrega de detenido por civiles, acta de reconocimiento de evalúo de especies, declaración del testigo José Roa Lagos, dvd con grabación del hecho, documento emitido por el supermercado con el valor total de las especies sustraídas, fotografía de las especies sustraídas, declaración del aprehensor José Luís Díaz Henríquez. SEGUNDO: Que, consultado el imputado y hechas las advertencias de rigor resp

Fallo

fallo y ponderar los antecedentes reunidos durante la investigación que lleva el fiscal, como asimismo la carga de desvirtuar la presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, por lo que el Tribunal tiene como hechos de la causa los señalados en el requerimiento. TERCERO: Que, en estos hechos el requerido tuvo participación en calidad de autor se califican por el Tribunal concordando con el Ministerio Público y al acuerdo con la defensa, que no hizo objeción en cuanto a la calificación jurídica del ilícito, participación y grado de desarrollo como constitutivos de HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL), en grado de consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público no señaló otros antecedentes para la determinación de la pena. QUINTO: Que, la defensa, solicita se tenga por cumplida la pena corporal con el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa y se rebaje y conceda un mes para la multa, y se le exima del pago de las costas por haber ahorrado recursos al Estado al evitar un juicio, sin que el Ministerio Público se haya opuesto a tal petición. SEXTO: Que, para determinar el quantum de la pena aplicar, se tendrá presente lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal y no pudiendo este Juez en caso alguno aplicar una pena superior a aquella que ha solicitado el Ministerio Público, la fijará en ésta, esto es, un día de prisión en su grado mínimo, accesorias legales, multa de un tercio de unidad tributaria mensual. SEPTIMO: Que, en utilizaci

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RUC : 2301158723-2 RIT : 2322 - 2023 MATERIA : HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL). IMPUTADO : GABRIEL ALEJANDRO CASTILLO FERNÁNDEZ RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Pucón, treinta de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2301158723-2 RIT 2322 - 2023,

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