Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ FRANCO PATRICIO ZÚÑIGA ROJAS

Rol

O-9471-2021

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 6 del Código Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: El día 06 de octubre de 2021 aproximadamente a las 12:45 horas, en intersección de calles Haití con Bombero Villalobos de esta ciudad, los imputados HERBY ANTEUS y FRANCO PATRICIO ZUÑIGA ROJAS, menor adolescente, portaban al interior del vehículo placa patente única GDZP-77 en que transitaban marihuana prensada a granel con un peso de 18,5 gramos, pasta base de cocaína en 10 envoltorios con un peso de 1,7 gramos, clorhidrato de cocaína 11 bolsas de nylon transparente con un peso de 19,3 gramos, clorhidrato de cocaína 10 bolsas de nylon transparente con un peso de 56,7 gramos, 25 comprimidos de clonazepan color rosado y 17 comprimidos de clonazepan color amarillo, además de la suma de $141.000.- en dinero en efectivo, 4 teléfonos celulares, una pesa digital color gris sin marca. Sentencia: Rancagua, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9, 24, 30, 67 y siguientes del Código Procesal Penal, 290, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, normas pertinentes de la ley 18.16, artículo 1° y 4° de la ley 20.000, se declara: I.- Que se CONDENA A HERBY ANTEUS, nacionalidad Haitiano, C.I. N°28.143.804-2 (provisorio) , ya individualizado, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Trafico de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la ley 20.000, consumado a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADE

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA A HERBY ANTEUS, nacionalidad Haitiano, C.I. N°28.143.804-2 (provisorio) , ya individualizado, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Trafico de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la ley 20.000, consumado a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y comiso de las especies incautadas en el procedimiento policial, especialmente la droga encontrada en poder del acusado, más la suma de $141.000, tres teléfonos celulares uno de marca Samsung y otro de marca Huawei ambos de color negro y un celular Motorola de color naranja, además de una pesa digital sin marca de color gris, hecho ocurrido el día 6 de octubre del año 2021. II. Que en cuanto a la pena corporal se sustituye por un año de remisión condicional de la pena debiendo cumplir bajo la vigilancia y observación de gendarmería si no se presenta a cumplir con la pena sustitutiva se puede ordenar su inmediata detención Y si está fuese incumplido quebrantada se pueden intensificar las medidas de control administrativo e incluso puede ser revocada debiendo cumplirla en caso en Código: PPCMXJMXHJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Ju

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés Ruc: 2100902561-5 Rit: 9471 - 2021 Hora Inicio:10.44 Hora Término:11.09 Juez: JESSICA BASCUÑAN MORALES Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado IP Imputado: Herby Anteus Haitiano C.I. N°28.143.804-2

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