2º Juzgado de Letras de la Serena

ROJAS GEORGE SANDRA VALERIA CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA

Rol

C-2328-2020

Fecha

19 de noviembre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, Sandra Valeria Rojas George, soltera, ingeniera en administración, domiciliada en Av. El Bosque N° 1448, sector Colina El Pino, interpuso demanda en juicio ordinario de prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena, persona jurídica de derecho público, representada por su alcalde, Roberto Jacob Jure, técnico agrícola, domiciliado en calle Arturo Prat N° 451, La Serena, a fin que se declaren extinguidas, por prescripción, las acciones de cobro de impuestos, reajustes, intereses y multas, por concepto de permiso de circulación del vehículo marca Ford modelo Focus 5 DR MT, año 2012, placa patente DYHZ 85-7 de su propiedad, correspondiente a los años 2015 a 2017, inclusive, por la suma de $718.491 más multas e intereses. Sostiene que lo anterior se funda en el transcurso del término superior a los 3 años al que se refiere el artículo 2515 del Código Civil. Por lo anterior, realiza la petición ya enunciada, con costas, en caso de mediar oposición. A folio 17, Carolina Muñoz Totoral, abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de La Serena, ya individualizada, concurrió contestando la demanda de autos, allanándose a la misma por cuanto efectivamente han transcurrido los 3 años a los que se refiere el artículo 2521 del Código Civil. En consecuencia se allana en relación a los periodos demandados, es decir, 2015 al 2017. Por su parte, en el primer otrosí de la presentación, se interpuso demanda reconvencional en relación a los periodos no pagados de los años 2018, 2019 y 2020, por concepto de permiso de circulación, vinculados al vehículo individualizado en la demanda, correspondiendo dichos tributos a $346.131 más intereses y reajustes, con costas. C-2328-2020 Foja: 1 A folio 20, la abogada Fabiola Delgado Araya, por la demandante, procedió a contestar la demanda reconvencional allanándose a ella, en cuanto a las obligaciones devengadas el 2018, 2019 y 2020. A folio 21, atendido el acuerdo de las partes en sus pretensi

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda: Sandra Valeria Rojas George, interpuso demanda en juicio ordinario de prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena, todos ya individualizados, en razón de los argumentos antes mencionados. Segundo: Contestación y demanda reconvencional: Que, por su parte, la Ilustre Municipalidad de La Serena se allanó a la demanda principal de autos y, asimismo, procedió a deducir demanda reconvencional. En relación a esta última, la demandada reconvencional procedió, igualmente, al allanamiento. Tercero: Hechos de la causa: Que los hechos de la presente causa resultan ser pacíficos al tenor de los recíprocos allanamientos que han sido efectuado por las partes, quienes no controvierten en materia fáctica la pretensión de su respectivo adversario. En consecuencia, se pueden establecer como hechos de la causa los siguientes: a) Que doña Sandra Valeria Rojas George es propietaria del vehículo marca Ford modelo Focus 5 DR MT, año 2012, placa patente DYHZ 85-7 de su propiedad, correspondiente a los años 2015 a 2017. b) Que dicho vehículo registra deudas por concepto de permiso de circulación desde el 2015 y hasta el 2020, correspondiendo aquellas del periodo 2018 a 2020 a $346.131. Cuarto: Sobre la acción principal: Que, de conformidad a lo antes mencionado, aparece que respecto de las deudas por permiso de circulación correspondientes a los años 2015, 2016 y 2017, ha transcurrido el término de prescripción del artículo 2521 del Código Civil, por cuanto la demanda de autos se interpuso el 11 de agosto de 2020, y al tenor de los artículos 12 y siguientes del Decreto N° 3.063 de 1979, el permiso de circulación debe pagarse hasta el 30 de junio de cada año. En consecuencia se acogerá la demanda principal. Quinto: Sobre la demanda reconvencional: Que, por su parte, apareciendo que no se han pagado los derechos por concepto de permiso de circulación correspondiente a los C-2328-2020 Foja: 1 años 2018, 2019 ni 2020, siendo de la demandada reconvencional la carga de acreditar la solución, conforme a la regla del artículo 1698 del Código Civil, se acogerá la demanda reconvencional intentada y, en consecuencia, se condenará a la demandada al pago de $346.131 con reajustes e intereses de conformidad a la ley. Sexto: Costas: Que, en virtud de los allanamientos recíprocos y totales, no se impondrá la condena en costas a ninguna de las partes. Y visto lo dispuesto en los artículos 1698 y 2521 del Código Civil; y en el Decreto Ley N° 321,

Fallo

se resuelve: I. Que se acoge la demanda principal y, en consecuencia, se declaran prescritas las acciones para el cobro de las deudas por permiso de circulación que se hubieren devengado entre el año 2015 al año 2017, inclusive, más multas e intereses, en relación al vehículo de propiedad de la actora antes individualizado. II. Que se acoge la demanda reconvencional y, en consecuencia, se condena a la demandada reconvencional al pago, por concepto de permiso de circulación devengado los años 2018 a 2020, de la suma ascendente a $346.131 más intereses y reajustes legales. III. Que no se condena en costas a ninguna de las partes. Notifíquese, regístrese y archívese. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, diecinueve de Noviembre de dos mil veinte C-2328-2020 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-19T13:39:18-0300

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C-2328-2020 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2328-2020 CARATULADO : ROJAS GEORGE SANDRA VALERIA CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA La Serena, diecinueve de Noviembre de dos mil veinte Vistos: A folio 1, Sandra Valeria Rojas George, soltera, ingeniera en administración, domiciliada en Av. El Bosque N° 1448, sector C

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