MP C/ JANS PATRICIO MARIÁNGEL ASTETE
Rol
O-5434-2023
Fecha
25 de octubre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 16 de agosto del 2023 aproximadamente a las 02:20 horas en calle las Enredaderas a la altura del Nr. 1806 de Temuco, vecinos del lugar se percataron que un individuo se encontraba en el lugar intentando forzar las chapas de los vehículos que se encontraban estacionados en la calle ya indicada sin lograr abrir los móviles, a través de mensajes de Whatsapp se efectuó una coordinación entre los vecinos del sector y de esa manera pudieron detener a la persona que estaba realizando esta acciones que correspondía al requerido ya individualizado, posteriormente llegan los Carabineros al lugar, le realiza un registro superficial al requerido y este mantenido entre sus vestimenta un destornillador marca STANLEY el cual lanzó al piso, este destornillador tiene una empuñadora color negro con amarillo de 9 cm de largo, punta paleta gris de 3 cm de largo y no justificó su porte. Temuco, veinticinco de octubre de dos mil veintitrés Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al Código: VMPCXJLMMXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la senten
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al Código: VMPCXJLMMXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 297 en relación con el 340, 389, 393 bis y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 15 N° 1, 49, 50 y 288 bis del Código Penal; y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que se CONDENA a JANS PATRICIO MARIÁNGEL ASTETE, ya individualizado, a la pena de MULTA de UN TERCIO (1/3) de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y comiso y destrucción de la especie incautada, como autor del delito
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RESUMEN RIT : 5434 - 2023 RUC : 2300879915-6 MATERIA : Porte de arma cortante o punzante. IMPUTADO : JANS PATRICIO MARIÁNGEL ASTETE CÉDULA DE IDENTIDAD : 21.637.418-5 DOMICILIO : Calle PUERTO EDEN Nº 01876, Temuco. ATENUANTES : No concurren AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 16 de agosto del 2023 aproximadamente a las 02:20 horas en calle la
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