14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ PAULINA ALEJANDRA OLIVA CORVALÁN

Rol

O-1307-2023

Fecha

26 de octubre de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos del Requerimiento “El día 10 de marzo de 2023, aproximadamente a las 16:15 horas, encontrándose la requerida Paulina Alejandra Oliva Corvalán, en el interior del supermercado Líder, ubicado en avenida Vicuña Mackenna Poniente N° 7196, comuna de La Florida, sustrajo con ánimo de lucro y sin el consentimiento de su dueño especies avaluadas en $ 46.980, según Nota de Crédito electrónica, siendo detenida por guardias de seguridad, cuando salía del establecimiento comercial con las especies en su poder y sin cancelarlas”. Delito y grado de desarrollo Hurto simple previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal en grado de desarrollo consumado. Participación Autor. Circunstancias modificatorias Atenuantes Artículo 11 N° 6 del Código Penal. Agravantes No concurren. Por el Ministerio Público no rinde prueba; la testigo Heide Andrea Poblete Labrín no asiste. RESOLUTIVA: Vistos lo dispuesto en el artículo 4 y 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se Absuelve a Paulina Alejandra Oliva Corvalán, ya individualizada en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "La sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia y consta en registro oficial de audio, la presente transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: HETEXXZMZWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: HETEXXZMZWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-27T13:16:31-0300

Fallo

se declara: I.- Que, se Absuelve a Paulina Alejandra Oliva Corvalán, ya individualizada en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "La sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia y consta en registro oficial de audio, la presente transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: HETEXXZMZWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: HETEXXZMZWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-27T13:16:31-0300

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Lugar y Fecha de sentencia : Santiago, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. JUEZA : KAREN ATALA RIFFO. FISCAL : Marjorie Carrillo Rosales. DEFENSOR PENAL PÚBLICO: Roberto Pumarino Cabello. RIT : 1307 - 2023 RUC : 2300268257-5 REQUERIDO : Paulina Alejandra Oliva Corvalán INDIVIDUALIZACION : Cédula Nacional de Identidad N° 17.244.520-9, ch

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica