Juzgado de Garantía de La Ligua.

C/ ESTEFANI BEATRIZ VALDIVIA SILVA

Rol

O-210-2023

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 446 N° 3 del Código Penal. 36, 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 346, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y las normas pertinentes de La Ley 18.216,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a doña ESTEFANI BEATRIZ VALDIVIA SILVA, cédula de identidad 16.989.254-7, domiciliada en PASAJE LOS MOLLES Nº 973, LA LIGUA a sufrir la pena de 21 DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autora de un delito de Hurto simple, delito que se encuentra descrito y sancionado en el artículo 446 N° 3 del código penal, en grado de desarrollo frustrado, cometido el día 26 de enero de 2023, en la comuna de La Ligua, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye bajo la modalidad de reclusión nocturna, consistente en el encierro en el domicilio de la condenada ubicado en PASAJE LOS MOLLES Nº 973, LA LIGUA, entre las 22 horas de cada día hasta las 06 horas del día siguiente. Para los efectos de la conversión de la pena inicialmente impuesta, se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. Esta pena iniciará su cumplimiento el día 30 de octubre y para controlar su cumplimiento, conforme lo dispuesto en el artículo 7 inciso 2° de la Ley 18.216, se encarga la f

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30,

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