MP C/ JESÚS SANDRO LEVIU BECERRA
Rol
O-4254-2023
Fecha
24 de octubre de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 9 del Código Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: El día 19 de mayo del 2023, a las 00:20 horas aproximadamente JESUS SANDRO LEVIU BECERRA ingreso al local comercial “Maderas Castro”, ubicado en Avenida Manuel Montt 1462, con la intención de robar distintas especies, a través de una ventana que quebró previamente, siendo sorprendido por personal policial, lo que motivo que el acusado huyera del lugar, siendo detenido a los pocos metros, encontrándole dentro de sus vestimentas 2 destornilladores sin marca tipo paleta color amarillo en el interior de una mochila que portaba. Sentencia: Rancagua, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés.- Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 69, 70, 442, 443 del Código Penal; 45, 297, 340, 406 y siguientes, 468 del Código Procesal Penal; 1° y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA A JESÚS SANDRO LEVIU BECERRA, ya individualizado, como AUTOR de un licito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR NO DESTINADO A LA HABITACIÓN, ilícito del artículo 442 y 443 del Código Penal, en grado de desarrollo FRUSTRADO, hecho ocurrido el día 19 de mayo del año en curso en esta ciudad, a sufrir las penas de CIEN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y sin costas de la causa. II.- Que la pena se da POR CUMPLIDA con el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad con motivo de estos antecedentes, desde el 19 de mayo del año en curso a la fecha de manera ininterrumpida. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo di
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A JESÚS SANDRO LEVIU BECERRA, ya individualizado, como AUTOR de un licito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR NO DESTINADO A LA HABITACIÓN, ilícito del artículo 442 y 443 del Código Penal, en grado de desarrollo FRUSTRADO, hecho ocurrido el día 19 de mayo del año en curso en esta ciudad, a sufrir las penas de CIEN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y sin costas de la causa. II.- Que la pena se da POR CUMPLIDA con el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad con motivo de estos antecedentes, desde el 19 de mayo del año en curso a la fecha de manera ininterrumpida. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, dese copia y archívese en su oportunidad. Una vez ejecutoriada esta sentencia, téngase por expresamente alzadas las medidas cautelares que pesan sobre el sentenciado, ofíciese. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Se dispone la libertad del imputado, por cumplida la pena impuesta en esta resolución. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. RUC: 2300545712-2. RIT: 4254 – 2023. Dictada por don MAURICIO VOLTAIRE SILVA VÁSQUEZ, Juez de Garantía de Rancagua. Audiencia Tramitada: L. Sepúlveda Cód
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. Ruc: 2300545712-2 Rit: 4254 - 2023 Hora Inicio: 11:57 Hora Término: 12:07 Juez: MAURICIO VOLTAIRE SILVA VÁSQUEZ Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: IP Jesús Sandro Leviu Becerra C.I. N° 20.6
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