CARABINEROS DE VICTORIA C/ SERGIO AROLDO QUINTREL CHAOL
Rol
O-337-2022
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Victoria, con fecha diecisiete de octubre del año en curso, se desarrolla audiencia de preparación de juicio oral con la presencia del Ministerio Público representado por don Héctor Leiva Martínez, de la Defensa don Juan Humberto del Pino Saavedra y de su representado don SERGIO AROLDO QUINTREL CHAOL, cédula de identidad N° 13.630.605-7, nacido el 28 de Agosto del año 1977, domiciliado en Comunidad Trangol, Sector 2, (casa de zinc, única con portón blanco y ciprés en la orilla del camino), comuna de Victoria, para conocer los siguientes hechos: “El día 15 de Mayo del año 2022, aproximadamente a las 20:20 horas, el acusado SERGIO AROLDO QUINTREL CHAOL, ya individualizado, condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido la licencia de conductor pertinente, el vehículo tipo automóvil, marca Suzuki, modelo Celerio GLX HB 1.0, color rojo, año 2015, P.P.U. GVYX.10, de Poniente a Oriente por la Ruta R 550 y al llegar al cruce de esta vía con la Ruta R-86 (a la altura del kilómetro 2 de la Ruta R-86), comuna de Victoria, colisionó por alcance al vehículo P. P. U. HCFR.81, que lo antecedía por la misma vía y era conducido por Danitza Mariela Fernandez Huañaco, causándole daños en el parachoques trasero y maletero, avaluados en la suma de quinientos mil pesos, siendo el imputado detenido en situación de flagrancia por funcionarios de Carabineros, quienes constataron el estado etílico del acusado por ser manifiesto, debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, como asimismo a través de la realización de prueba respiratoria que arrojó la dosificaci6n de 3.66 gramos de alcohol por litro de sangre, efectuándosele además toma de muestra para la realización de examen de alcoholemia, la que arrojó el resultado de 3.60 gramos por mil de alcohol en la sangre.” A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos constituyen el ilícito d
Fundamentos
fundamentos hechos valer en la audiencia respectiva, que sirven para establecer jurídicamente los hechos ya descritos y la participación del encartado, además de la aceptación de los hechos de la acusación efectuada, son los siguientes: I.-Prueba testimonial: 1.-Danitza Mariela Fernandez Huanaco, empleada, domiciliada en Manuel Rodríguez N° 1235, Victoria, quien depondrá acerca de los hechos materia de la acusación y participación que en los mismos cabe al acusado, daños sufridos y su avalúo, evidencia relacionada y en general sobre los hechos y circunstancias anteriores, coetáneas y posteriores a la ocurrencia de los hechos materia de la acusación. 2.- Jose Camilo Silva Abarca, empleado, domiciliado en Los Colonos N° 333, Victoria, quien depondrá acerca de los hechos materia de la acusación y participación que en los mismos cabe al acusado, evidencia relacionada y en general sobre los hechos y circunstancias anteriores, coetáneos y posteriores a la ocurrencia de los hechos materia de la acusación. Código: DNDBXXWQXHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- Cynthia Tamara Silva Abarca, empleada, domiciliada en Los Pimientos N° 923, Victoria, quien depondrá acerca de los hechos materia de la acusación y participación que en los mismos cabe al acusado, evidencia relacionada y en general sobre los hechos y circunstancias anteriores, coetáneos y posteriores a la ocurrencia de los hechos materia de la acusación. 4.-Vicente Fernandez Bolaño, Sargento Primero de Carabineros, domiciliado en Sotomayor N° 315, Victoria, quien depondrá sobre la forma en que se enteró de los hechos materia de la acusación y participación que en los mismos cabe al acusado, detención de este, diligencias realizadas, versiones oídas, evidencia relacionada y en general sobre los hechos y circunstancias anteriores, coetáneas y posteriores a la ocurrencia de los hechos materia de la acusación. 5.- Fabiola Sanhueza Candia, Cabo Primero de Carabineros, domiciliada en Sotomayor N° 315, Victoria, quien depondrá sobre la forma en que se enteró de los hechos materia de la acusación y participación que en los mismos cabe al acusado, detención de este, diligencias realizadas, versiones oídas, evidencia relacionada y en general sobre los hechos y circunstancias anteriores, coetáneos y posteriores a la ocurrencia de los hechos materia de la acusación. 6.- Ana Molina Saavedra, Cabo Primero de Carabineros, domiciliada en Sotomayor N° 315, Victoria, quien depondrá sobre la forma en que se enteró de los hechos materia de la acusación y participación que en los mismos cabe al acusado, diligencias realizadas, versiones oídas, evidencia relacionada y en general sobre los hechos y circunstancias anteriores, coetáneas y posteriores a la ocurrencia de los hechos materia de la acusación 7.-Fuad Param Abufarme, Médico cirujano, domiciliado en Avenida Dartnell N° 1141, Victoria, quien depondrá acerca de haber atendido de urgencia al
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SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Victoria, veinte de octubre del año dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Victoria, con fecha diecisiete de octubre del año en curso, se desarrolla audiencia de preparación de juicio oral con la presencia del Ministerio Público representado por don Héctor Leiva Martínez, de la Defensa don Juan
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