POLICIA INVESTIGACIONES VICTORIA C/ MANUEL IGNACIO DELGADILLO RODRÍGUEZ
Rol
O-441-2023
Fecha
17 de octubre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado verbal en contra de don MANUEL IGNACIO DELGADILLO RODRÍGUEZ, cédula nacional de identidad N° 20.412.712-3, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Pasaje Sol Naciente Villa Nueva Nº 1231, comuna de Victoria, forma de notificación al número telefónico 975212199, en su calidad de autor del ilícito de porte de arma cortante o punzante previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal en grado de desarrollo consumado fundado en los siguientes hechos: “Que en horas de la tarde del día 02 de junio del año 2023, en el contexto de un procedimiento policial efectuado por personal de BICRIM (PDI) Victoria, fue detenido en la vía pública frente al domicilio ubicado en el pasaje Sol Naciente N° 1231, de la comuna de Victoria, el imputado MANUEL IGNACIO DELGADILLO RODRIGUEZ, quien fue sorprendido manteniendo en su poder 01 elemento corto punzante, correspondiente a un cortapluma, tipo mariposa, marca Alboinox, de 13 centímetros (cerrada) y 22,5 centímetros (abierta), sin que éste pudiera justificar razonablemente su porte y tenencia.” Los antecedentes que fundamentan el requerimiento son: 1.- Informe policial N° 01593/518, evacuado por la BICRIM (PDI) Victoria, de fecha 02/06/2023, que da cuenta del hecho y contiene: a) Declaración de personal aprehensor Sebastián Carrera Mermoud y asistente policial Omar Fernández Hunter. b) Set fotográfico compuesto de 02 fotografías del arma blanca incautada. 2.- Una (01) cortaplumas tipo mariposa marca Albainox, NUE 6895713. 3.- Extracto de filiación y antecedentes del imputado. Señala el Ministerio Público que no concurren circunstancias que modifiquen la responsabilidad penal del encartado, por lo que solicita la pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, comiso arma incautada, accesorias legales y costas. SEGUNDO: Que, en la audiencia de rigor, se le concedió en primer té
Fundamentos
considerando que no concurren circunstancias que modifiquen su responsabilidad penal, lo que unido a la limitante establecida en el artículo 395 inciso final del Código Procesal Penal, el grado de participación y desarrollo del ilícito, lo preceptuado en el artículo 69 del Código Penal, se aplicará la pena alternativa de multa y el comiso solicitado por el Ministerio Público por considerar que resulta condigna a los hechos materia del requerimiento según se dirá en lo resolutivo del
Fallo
fallo aplicándose lo establecido en al artículo 348 del Código Procesal Penal, y con exención de costas. Por estas consideraciones, y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 15 N° 1, 18, 21, 22, 24, 25, 31, 49, 50, 69, 70, 288 bis, todos del Código Penal; 45, 46, 47, 342, 346, 348, 388, 393, 395 y siguientes y 468 y 469, todos del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a don MANUEL IGNACIO DELGADILLO RODRIGUEZ ya individualizado, a sufrir la pena de multa a beneficio fiscal ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual y al comiso de la especie incautada, como autor, en grado de consumado, del delito de porte de arma cortante o punzante previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal perpetrado el día dos de junio del año dos mil veintitrés en la comuna de Victoria. II.- Que, la multa impuesta se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo que se ha encontrado privado de libertad en la presente causa motivo de su detención y de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Procesal Penal y artículos 49 y siguientes del Código Penal. III.- Que, se decreta el comiso de la especie incautada consistente en un cuchillo tipo mariposa, marca Alboinox, de 13 centímetros (cerrada) y 22,5 centímetros (abierta) NUE 6895713 autorizándose desde ya al Ministerio Público para que proceda a su destrucción considerando que la especie se encuentra en su poder. Código: TMYJXXFQXHY Este documento tiene firma electrónica y su ori
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1 Victoria, dieciseis de octubre del año dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado verbal en contra de don MANUEL IGNACIO DELGADILLO RODRÍGUEZ, cédula nacional de identidad N° 20.412.712-3, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Pasaje Sol Naciente Villa Nueva Nº 1231, comuna de Victoria, forma
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