Juzgado de Garantía de La Calera.

LUIS FERNANDO MORALES AGUILERA C/ CAMILO ENRIQUE BAEZ QUEZADA

Rol

O-2557-2022

Fecha

19 de octubre de 2023

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El 25 de noviembre de 2021 a las 12.59 horas aproximadamente, en calle Iquique esquina Lautaro de la comuna de La calera, el acusado Camilo Enrique Báez Quezada, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, conduciendo el vehículo placa patente única SJ.7878, marca Nissan, modelo primera, azul eléctrico, con licencia de conducir clase B de la ilustre municipalidad de la Florida, a sabiendas, falsificada. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11 Nº 9, 15 N° 1, 30, 50 y 70 del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8 de la Ley 18.216, artículo 192 de la Ley 18.290, se declara: I.- Que se condena a CAMILO ENRIQUE BAEZ QUEZADA, cédula de identidad N° 0018651378-9, ya individualizado, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a una multa de dos unidades tributarias mensuales, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de seis meses, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de fconducción de vehiculo motorizado con licencia de conducir falsa, cometido con fecha 25 de noviembre de 2021, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que acogiendo la solicitud de la defensa y en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal, se autoriza el pago de la multa impuesta, en 02 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, debiendo pagar la primera de ella hasta el último día del mes siguiente al que quede ejecutoriada la presente sentencia. Se hace presente al sentenciado que tiene plazo hasta esa fecha para solicitar al tribunal directamente la sustitución de la multa por la pena de prestación de ser

Fallo

se declara: I.- Que se condena a CAMILO ENRIQUE BAEZ QUEZADA, cédula de identidad N° 0018651378-9, ya individualizado, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a una multa de dos unidades tributarias mensuales, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de seis meses, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de fconducción de vehiculo motorizado con licencia de conducir falsa, cometido con fecha 25 de noviembre de 2021, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que acogiendo la solicitud de la defensa y en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal, se autoriza el pago de la multa impuesta, en 02 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, debiendo pagar la primera de ella hasta el último día del mes siguiente al que quede ejecutoriada la presente sentencia. Se hace presente al sentenciado que tiene plazo hasta esa fecha para solicitar al tribunal directamente la sustitución de la multa por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, caso en el cual se citará a audiencia para debatir la procedencia de tal sustitución. Transcurrido dicho plazo sin que el sentenciado realizare solicitud alguna, se le tendrá por renunciado a este derecho. Se hace presente asimismo, que el no pago de una o cualquiera de las cuotas hará exigible el total del saldo adeudado, pudi

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, diecinueve de octubre de dos mil veintitrés Hechos: El 25 de noviembre de 2021 a las 12.59 horas aproximadamente, en calle Iquique esquina Lautaro de la comuna de La calera, el acusado Camilo Enrique Báez Quezada, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, conduciendo el vehículo placa patente única SJ.7878, marca Nissan, modelo primera, azul e

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