CLARA DEL PILAR SANDOVAL LABRIN C/ LUIS ESTEBAN VIVANCO REYES
Rol
O-3189-2022
Fecha
23 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 19 de julio de 2020 a las 11.00 horas aproximadamente, el imputado LUIS ESTEBAN VIVANCO REYES, conducía por calle Cerro León, comuna de Chillán, el vehículo marca Renault, PPU HJYP-56, cuando a la altura del n° 398 pierde el control del vehículo y colisiona con el portón del antejardín del domicilio de la numeración mencionada, de propiedad de Alexis Antonio Muñoz Ortega, causando daños en éste, para luego continuar la conducción por calle Cerro León, hasta pasaje San Juan de Colonia, deteniéndose en el n° 1754, siendo fiscalizado por personal policial en ese lugar. Código: XDBBXXBMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl Efectuada la prueba de alcoholemia al requerido arrojó que conducía con 2,11 gramos de alcohol por litro de sangre. 2.- Calificación Jurídica: A juicio de la Fiscalía los hechos precedentemente descritos, constituyen el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS del artículo 196 en relación al artículo 110 de la ley de tránsito, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado. 3.- Participación: A juicio de la Fiscalía, al imputado le cabe responsabilidad en calidad de autor del artículo 15 n°1 del Código Penal. 4.- Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal: A juicio de la Fiscalía, respecto del imputado concurre la circunstancia atenuante contemplada en el artículo 11 n° 6 del Código Penal. 5.- Pena solicitada: Por tales consideraciones, la Fiscalía requiere se imponga al requerido la pena de 300 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, 2 AÑOS DE SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR Y MULTA DE 10 UTM, como autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, además
Fundamentos
considerando: PRIMERO. REQUERIMIENTO: Que el ministerio público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don LUIS ESTEBAN VIVANCO REYES cédula de identidad n° 16.736.466-7, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Pasaje Juan de Colina n° 1754, Chillán, en base a los siguientes hechos: El día 19 de julio de 2020 a las 11.00 horas aproximadamente, el imputado LUIS ESTEBAN VIVANCO REYES, conducía por calle Cerro León, comuna de Chillán, el vehículo marca Renault, PPU HJYP-56, cuando a la altura del n° 398 pierde el control del vehículo y colisiona con el portón del antejardín del domicilio de la numeración mencionada, de propiedad de Alexis Antonio Muñoz Ortega, causando daños en éste, para luego continuar la conducción por calle Cerro León, hasta pasaje San Juan de Colonia, deteniéndose en el n° 1754, siendo fiscalizado por personal policial en ese lugar. Código: XDBBXXBMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl Efectuada la prueba de alcoholemia al requerido arrojó que conducía con 2,11 gramos de alcohol por litro de sangre. 2.- Calificación Jurídica: A juicio de la Fiscalía los hechos precedentemente descritos, constituyen el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS del artículo 196 en relación al artículo 110 de la ley de tránsito, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado. 3.- Participación: A juicio de la Fiscalía, al imputado le cabe responsabilidad en calidad de autor del artículo 15 n°1 del Código Penal. 4.- Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal: A juicio de la Fiscalía, respecto del imputado concurre la circunstancia atenuante contemplada en el artículo 11 n° 6 del Código Penal. 5.- Pena solicitada: Por tales consideraciones, la Fiscalía requiere se imponga al requerido la pena de 300 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, 2 AÑOS DE SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR Y MULTA DE 10 UTM, como autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, además se solicita se imponga la accesoria del art. 30 del Código Penal y se le condene a costas de la presente causa, según dispone el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal SEGUNDO. TRAMITACIÓN: Que conforme lo ordena el artículo 395 del Código Procesal Penal, consultado el requerido, éste rechaza aceptar los hechos materia del requerimiento fiscal por lo que se llevó a efecto el juicio oral simplificado contradictorio. TERCERO. ARGUMENTACIONES DE APERTURA: En estrados, el representante del ministerio público, en síntesis, solicita la condena del requerido, al poder acreditarse, tanto la existencia de los hechos, como la participación y grado de ejecución. A su turno, la d
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15 y demás pertinentes, del Código Penal; 1, 4, 47, 295, 297, 340, 342, 343, 347 y 348 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE ABSUELVE al requerido, LUIS ETEBAN VIVANCO REYES de la acusación fiscal, que lo suponía autor del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS.- II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivos plausibles para deducir requerimiento. Devuélvanse, en su oportunidad, a los intervinientes la prueba incorporada durante la audiencia. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad archívese. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT: 3189- 2022 Dictada por Doña Carolina Sánchez Abarca Juez De Garantía De Chillán. Código: XDBBXXBMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl 2023-10-26T12:56:47-0300
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________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA Fecha Chillán, veintitrés de octubre de dos mil veintitrés Ruc N° 2000740252-0 Rit N° 3189 - 2022 Magistrado: CAROLINA ANDREA SANCHEZ ABARCA
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