MP C/ ERWIN RODRIGO SCHOFP CAÑULEF
Rol
O-8269-2023
Fecha
24 de octubre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 6 - 3 RUC 3 3 -3 Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: ARH Código: TXWLXXEXJLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-24T14:12:00-0300
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° , 14 N°1, 15 N° 1, , 7 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 45, 47, 5, 7, 3 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a ERWIN RODRIGO SCHOFP CAÑULEF, RUN N° 6 4 - , ya individualizado, como autor del delito tentado de hurto simple, del 446 número del Código Penal, cometido en Puerto Montt el día de octubre del a la PENA de UN DÍA DE PRISION EN SU GRADO MINIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual. II.- Que, tanto la pena corporal como la pena pecuniaria se le tienen por CUMPLIDAS con los dos días que estuvo privado de libertad con motivo de la presente causa. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 6 - 3 RUC 3 3 -3 Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: ARH Código: TXWLXXEXJLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-24T14:12:00-0300
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° , 14 N°1, 15 N° 1, , 7 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 45, 47, 5, 7, 3
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