Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ CRISTIAN ANTONIO VARGAS RIVAS

Rol

O-8266-2023

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 8266 - 202 RUC 2 011 2 20-2 Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: ARH Código: JHNSXXPQXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-24T13:43:44-0300

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y N° , 14 N°1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 31,70 y 288 bis del Código Penal; artículos 45, 47, 2 5, 2 7, 88 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a CRISTIAN ANTONIO VARGAS RIVAS, RUN N° 0010811861-K, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, del artículo 288 bis del Código Penal, cometido en Puerto Montt el día 23 de octubre del 2023, a la PENA de MULTA de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, más el comiso de la especie incautada, autorizándose desde ya la destrucción. II.- Que, la pena de multa impuesta se tiene por CUMPLIDA con el tiempo que ha estado privado de libertad con motivo de la presente causa. III.-Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 8266 - 202 RUC 2 011 2 20-2 Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: ARH Código: JHNSXXPQXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-24T13:43:44-0300

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y N° , 14 N°1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 31,70 y 288 bis del Código Penal; artícul

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