Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle.

ANDRÉS JOSÉ AGUILERA CASTILLO C/ OSVALDO HUMBERTO ALFARO VEAS

Rol

O-27-2023

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día dieciocho y diecinueve de octubre del presente año ante la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle integrada por sus Juezas Titulares Ana Karina Hernandez Muñoz, quien presidió el debate, Zoila Terán Arévalo y Lilian Tapia Carvajal, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa N° 27-2023, seguida en contra de Benjamín Ignacio Navarro Sepúlveda, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N° 21.142.135-5, nacido en Ovalle el 27 de septiembre de 2002, domiciliado en el Sector de Pedregal s/n, comuna de Monte Patria; y de Osvaldo Humberto Alfaro Veas, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N° 20.982.927-4, nacido en Ovalle el 08 de diciembre de 2001, domiciliado en Sector Chaguaral Bajo s/n, comuna de Monte Patria. Fue parte acusadora en este juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto de Ovalle Jaime Rojas Maluenda, domiciliado en calle Independencia N° 604, Ovalle. La Defensa de ambos acusados estuvo a cargo del abogado defensor particular Carlo Silva Muñoz, con domicilio en calle Benavente N°1435, La Serena. SEGUNDO: Que el ente persecutor fundó la acusación en contra de los acusados en los siguientes hechos: “El 28 de noviembre de 2021, a las 18:20 horas aproximadamente, en la Ruta D-55, a la altura de la escuela Carachillas, en la comuna de Ovalle, el imputado Osvaldo Humberto Alfaro Veas actuando junto al imputado Benjamín Ignacio Navarro Sepúlveda, movilizados en la motocicleta PPU HDB-37, marca Loncin modelo LX150GY, conducida por el primero y en la que viajaba como pasajero el segundo, con el fin de sustraerles sus vehículos mediante la técnica de la llamada “encerrona”, se cruzaron por delante del vehículo PPU GFZD.40, conducido por la víctima Yesly Yaritza Codoceo Pizarro, a quien el imputado Navarro Sepúlveda apuntó con una pistola gritándole “bájate del auto o te mato”, sin conseguir su propósito ya que la víctima logró huir y pedir el auxilio de Código: NXTHXXQTCKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 carabineros; y se cruzaron por delante de la motocicleta conducida por la víctima Jonathan del Rosario Pizarro Acuña, a quien el imputado Navarro Sepúlveda apuntó con una pistola intimidándola a fin de que detuviera la marcha, sin conseguir su propósito ya que la víctima logró huir y pedir el auxilio de carabineros. Momentos después, personal de carabineros intentó interceptar y detener a los imputados ya señalados a la altura de la intersección de avenida Costanera con Prolongación Benavente, pero éstos al advertir que eran seguidos, se dieron a la fuga por la Ruta D-55 con dirección a Monte Patria, continuando la persecución en dicha comuna y terminando esta sólo una vez que los imputados perdieron el control de la motocicleta a la altura de la rotonda de Monte Patria, cayendo al suelo. Fue así como los imputados Osvaldo Humberto Alfaro Veas y Benjamín Ignacio Navarro Se

Fallo

por tanto, tenía el control del desplazamiento de dicho móvil, quien permitió y dirigió la moto para posicionarse frente a la piloto del vehículo que venía en sentido contrario, por la línea central de la ruta, para que Benjamín Navarro Sepúlveda apuntara a Yesly Codoceo Pizarro, y luego, al ser interrumpidos por Jonathan del Rosario Pizarro Acuña, el conductor de la moto negra posiciona tal móvil permitiendo que Benjamín Navarro Sepúlveda apunte a Pizarro Acuña, para luego ambos acusados dirigirse a Ovalle en dicha moto. La conducta de los acusados, consistente en apuntar con un arma que impresionaba de fuego, conforme sus características y que pudieron apreciarse directamente por estas sentenciadoras en las imágenes exhibidas, causó en ambas víctimas temor de verse afectadas a un mal, desde que éstas en juicio describieron las acciones que desplegaron al verse expuestas a ser apuntadas en la ruta, por desconocidos, explicando Codoceo Pizarro que se “tiró a la berma” y aceleró por miedo, y Pizarro Acuña que al ver que apuntaron a su sobrina tocó la bocina y fue apuntado, por lo cual también aceleró por temor. Ambas reacciones de las víctimas son concordantes con la circunstancia de ser apuntados con una pistola que impresionaba de fuego, la que evidentemente causa un justo y serio temor a éstas de verse expuestas a un mal, tal y como uno de los acusados reconoció, circunstancia que examinada conforme a lo que cualquier persona en su posición experimentaría, resulta claro q

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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ OSVALDO HUMBERTO ALFARO VEAS, BENJAMÍN IGNACIO NAVARRO SEPÚLVEDA RUC: 2101072014-9 RIT: 27-2023. DELITO: ROBO CON INTIMIDACIÓN RECALIFICADO A AMENAZAS NO CONDICIONALES. Ovalle, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día dieciocho y diecinueve de octubre del presente año ante la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo P

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