LUIS EDUARDO PALACIOS AYALA C/ DAVID HUMBERTO ESCALONA RUBIO
Rol
O-2008-2020
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 13 de septiembre del año 2019, alrededor de las 12:15 horas, el requerido DAVID HUMBERTO ESCALONA RUBIO condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia la motocicleta marca Motorrad, modelo Phantom 150, placa patente MG-0434, por Avenida Héroes de la Concepción con Paipote, Pampa Alegre, de la comuna de Osorno. La ebriedad del requerido constó al personal aprehensor de Carabineros, que lo detuvo en dicho lugar por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar, y ratificada su ebriedad mediante informe de alcoholemia, el cual arrojó como resultado la presencia de 1,53 gramos por litro de alcohol en la sangre. Que la parte expositiva y considerativa se encuentran consignadas en el registro de audio correspondiente, conforme los artículos 39 y 41 del Código Procesal Penal, 29 inciso final y 62 inciso 3° y 5° del Auto Acordado contenido en Acta 71-2016 de la Excma. Corte Suprema; siendo la resolutiva del siguiente tenor: Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 50, 67, 68 bis, 69, 49 todos del Código Penal; artículo 110 en relación al 196 y 209 de la ley 18.290; artículos 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: Que SE CONDENA a DAVID HUMBERTO ESCALONA RUBIO Cédula de Identidad N° 15605731-2, con domicilio en Pasaje El Yunque N°2160, comuna de Maipú; por su participación de autor (es) en el (los) delito(s) de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia, en grado de Código: MXCJXXDYYEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejecución consumado (s), perpetrado(s) con fecha 13 de septiembre del año 2019, en el territorio jurisdiccional de éste Tribunal; a las siguientes penas: a- A la corporal de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo. b- A la pecuniaria de multa d
Fundamentos
considerando la(s) pena(as) corporal(es) impuesta(s), los antecedentes penales previos que aparecen en el extracto de filiación y antecedentes del caso, habiéndosele aplicado anteriormente sanciones que impiden sustitutivas de la ley 18.216, resulta que no es procedente ninguna de ellas, aún a la luz de la ley 20.603, debiendo cumplir efectivamente la(s) pena(s) con que se le ha sentenciado. Con abonos por 01 día(s). Dese orden de ingreso al CCP de Angol, cuando el presente
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 50, 67, 68 bis, 69, 49 todos del Código Penal; artículo 110 en relación al 196 y 209 de la ley 18.290; artículos 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: Que SE CONDENA a DAVID HUMBERTO ESCALONA RUBIO Cédula de Identidad N° 15605731-2, con domicilio en Pasaje El Yunque N°2160, comuna de Maipú; por su participación de autor (es) en el (los) delito(s) de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia, en grado de Código: MXCJXXDYYEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejecución consumado (s), perpetrado(s) con fecha 13 de septiembre del año 2019, en el territorio jurisdiccional de éste Tribunal; a las siguientes penas: a- A la corporal de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo. b- A la pecuniaria de multa de 01 UTM a beneficio fiscal cual(es), de conformidad al artículo 49 inciso 3° del Código Penal se declara la exención del apremio o sustitución por no pago de multa, atenta su actual y futura privación de libertad extensa. c- A las accesorias del artículo 30 del Código Penal. d- Que no se condena en costas por haber admitido responsabilidad, evitando la realización de un juicio oral. e- A la suspensión de licencia de conducir por el lapso de 02 año(s). Sin abonos. Ofíciese oportunamente al Registro Nacional de Cond
Texto Completo (Preview)
simplificado : SENT DEFINITIVA RIT : 2008 - 2020 RUC : 1900999966-6 MATERIA : CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN CONTAR CON LICENCIA. IMPUTADO : DAVID HUMBERTO ESCALONA RUBIO Osorno, a veinte de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 13 de septiembre del año 2019, alrededor de las 12:15 horas, el requerido DAVID HUMBERTO ESCALONA
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