SÁNCHEZ/SERVICIOS DEL PACIFICO INTEGRAL SPA
Rol
M-60-2022
Fecha
10 de marzo de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · RECEPCION DE PRUEBAS X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE 1.- DOCUMENTAL X 2.- CONFESIONAL X 3.- EXHIBICION DE DOCUMENTOS X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · CITA A NOTIFICACION DE SENTENCIA X PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. · PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS x * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886 x * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL x LAS PRESENTACIONES DE LA DEMANDANTE: Téngase presente. LLAMADO A CONCILIACION: Resulta inconducente el llamado a conciliación atendida la inasistencia de la demandada. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.-Hehcos que acredite la existencia de una relación labro habida entre la partes de autos, fecha en la esta se inició, lugar de prestación de servicio, funcione a desempeñar por el trabajador demandante en virtud del contrato de trabajo, remuneraciones y existencia de jornada de trabajo. Indicios de laboralidad que permitan concluir la existencia de este contrato no escritura. 2.- Estableciendo la existencia de la relación laboral feche del despido circunstancias de haberse cumplido con las formalidades legales de la desvinculación, existencia de carta aviso, con indicación de casual y señalamiento de hechos que la sustentan. 3.- Estado de las cotizaciones de seguridad social del trabajador durante el periodo que se había prestado la relación laboral. 4.- Circunstancias de habérsele pago al demandante el feriado proporcional, en su defecto, monto que le correspondería por este rubro. PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDANTE DOCUMENTAL 1.- Activación de fiscalización de fecha 17 de diciembre del año 2021. 2.- Reclamo ante Inspección del Trabajo de Temuco, con fecha 23 de diciembre de 2021. 3.- Acta de comparendo de conciliación de fecha 04 de enero de 2022. 4.- Fotografía del actor con su uniforme en su trabajo. 5.
Fallo
se declara la existencia de la relación laboral que unió a las partes entre el 22 de noviembre de 2021 y el 22 de diciembre del mismo año. II.- Que el despido acontecido el 22 de diciembre del año 2021, resulta indebido, injustificado e improcedente, toda vez que al momento de suceder este no se cumplió con las formalidades legales de la desvinculación y resulta absolutamente bajo esa perspectiva, incausado.- III.- Que ante el no pago oportuno de las cotizaciones de seguridad social oportunamente el despido resulta nulo. IV.- por lo consiguiente la demandada deberá pagar a la demandante los siguientes rubros: A.-$500.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. B.- $366.666 por 22 días de prestación de servicios no pagados del mes de diciembre de 2021. C.-$16.666 por feriado proporcional. D.-Además las remuneraciones y demás prestaciones que le correspondan al trabajador a razón de $500.000 hasta que se produzca la convalidación del despido por haberse declarado la nulidad del mismo y el pago de cotizaciones de seguridad social, durante el periodo trabajado y no pagado, y que no se encuentran pagadas en las instituciones a las cuales se encuentra este afiliado, más las que se devenguen hasta la convalidación, sin perjuicio de los cual se oficiará a la instituciones respectivas , a fin que estas inicien las acciones, efectúen las liquidaciones y acciones de cobro respectivo, antes de cobranza competente. V.- Las sumas antes señaladas generaran los inte
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 10/03/2022 RUC 22- 4-0383747-8 RIT M-60-2022 MAGISTRADO CLAUDIO ALEJANDRO CAMPOS CARRASCO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Bady O. García Vargas, Sala N°3 Virtual HORA DE INICIO 10:10 horas HORA DE TÉRMINO 10:45 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240383747-8-1344 PARTE DEMANDANTE JUAN ANTONIO SÁNCHEZ VENEGAS, RUN 1
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