2º Juzgado Civil de Chillán

SÁEZ/

Rol

V-177-2019

Fecha

17 de noviembre de 2020

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparece don Modesto Sep lveda Andrade, abogado,ú domiciliado en calle 18 de septiembre N 258, segundo piso, en representaci n° ó convencional de don Francisco Ignacio Saez Lorenzen, chileno, soltero, estudiante, C dula Nacional de Identidad N 20.076.516-8, domiciliada en pasaje Laguna El Toroé ° N 1260, Villa Parque uble, Chill n y solicita ordenar el cambio de su apellido paterno° Ñ á SAEZ por BRAVO, quedando en definitiva como Francisco Ignacio Bravo Lorenzen. Se ala que naci el 4 de octubre de 1998 en la ciudad de Chill n, teniendo 21 a os deñ ó á ñ edad, siendo su madre do a Carola Andrea Lorenzen Lopez, quien fue la nica que loñ ú reconoci como hijo ya que su padre bil gico no compareci a tales efectos, y no haó ó ó tenido con el ning n tipo de relaci n posterior, desconociendo cualquier tipo deú ó antecedente sobre su persona. Se ala que al poco tiempo de nacer, su madre inici unañ ó relaci n sentimental con don Cristian Eduardo Bravo Guerrero, con quien form unó ó hogar y tuvo otro hijo, no obstante no haber formalizado la relaci n por v a deó í matrimonio, situaci n que mantiene hasta la actualidad. Indica que su representadoó pr cticamente desde reci n nacido fue criado dentro del se alado grupo familiar,á é ñ sinti ndose parte de la familia Bravo, pero a veces era objeto de escarnio porque noé llevaba el mismo apellido que su hermano, situaci n que se increment en la pocaó ó é escolar ya que deb a dar incomodas explicaciones; por lo anterior, se ala hace m s de 20í ñ á a os, se le ha conocido como Francisco Ignacio Bravo Lorenzen tanto en su c rculoñ í cercano de amistades, como tambi n familiar y estudiantil, a pesar que sus documentosé de identidad no lo consignan as . Sostiene que es deseo de su representado que estaí situaci n se regularice cambiando el apellido Saez por Bravo. Invoca la causal previstaó en el la letra b) del art culo 1 de la ley 17.344, y solicita, acceder a lo solicitado. í Segundo: Que se rindi informaci n su

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios.” S ptimo:é Que respecto al nombre se ha se alado que es en esencia el signo queñ “ la ley impone a las personas para distinguirlas entre s . Su misi n fundamental esí ó individualizar a la persona. (Alberto Lyon. Personas Naturales. P g.169). El art culo 1” á í de la ley 17.344 faculta a toda persona para solicitar el cambio de su nombre, en caso de concurrir alguna de las hip tesis que el mismo refiere.ó En este caso se ha invocado la letra b) del art culo 1 de la ley 17.344, alí respecto nicamente la testigo do a Soledad Andrea Navarrete Manr quez ha sostenidoú ñ í en su declaraci n que tanto ella como sus cercanos conocieron desde hace largos a os aló ñ solicitante como Francisco Ignacio Bravo Lorenzen. Al respecto, los dichos de la testigo contienen elementos de gravedad y precisi n suficientes para establecer que es efectivoó que el peticionario durante m s de cinco a os ha usado para identificarse el apellidoá ñ Bravo en lugar de Saez, lo que se justifica por haber establecido su madre una relaci nó de familia con don Cristian Bravo. En cuanto a los dichos del testigo Ortega Bascur, m s all de dar cuenta queá á conoce al solicitante y su historia de vida, no hizo menci n alguna al apellido por el cualó es conocido, por lo que no podr atribuirse valor a sus dichos. á Foja: 1

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1 letra b), 2, 3 deí la Ley sobre cambio de nombres, 817, 824, 826 del C digo de Procedimiento Civil, yó dem s disposiciones legales pertinentes, se á RESUELVE: I.- Que se decreta el cambio de nombre solicitado por don Modesto Sep lvedaú Andrade, en representaci n de don Francisco Ignacio S ez Lorenzen y se autoriza eló á cambio de nombre de ste ltimo quien en adelante ser é ú á Francisco Ignacio Bravo Lorenzen, C dula Nacional de Identidad N 20.076.516-8.é ° II.- Que al efecto deber n practicarse por el Servicio de Registro Civil eá Identificaci n las inscripciones y subinscripciones correspondientes, al margen deó inscripci n de nacimiento ó practicada bajo en N 2369 ° del Registro S, circunscripci nó Chill n, a o 1998. á ñ III.- Que el cambio de nombre decretado en nada altera la filiaci n. ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Dictada por do a Milena Andrea Aedo Zapata, Juez Titular. ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chillan, diecisiete de Noviembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : V-177-2019 CARATULADO : S EZ/Á Chillan, diecisiete de Noviembre de dos mil veinte Vistos: Primero: Que comparece don Modesto Sep lveda Andrade, abogado,ú domiciliado en calle 18 de septiembre N 258, segundo piso, en representaci n° ó convencional de don Francisco Ignacio Saez Lorenzen, chileno, soltero, est

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