MP C/ CLAUDIO ALEXANDER CÁRDENAS MANSILLA
Rol
O-7447-2023
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día de ayer, 19 de octubre del presente año, en circunstancias que el menor de iniciales A.G.D.C. de 14 años de edad, se encontraba en su colegio en el Liceo Camilo Henríquez, en Avenida Andes 620 de esta ciudad de Temuco, ello, alrededor de las 17:45 horas, se encontraba al interior del establecimiento jugando fútbol en el patio del mismo., entonces, se lanzó una pelota hacia el sitio eriazo existente en la parte posterior de este establecimiento, por lo cual el estudiante saltó el cerco para ir a buscar este balón de fútbol y en el lugar se encontraba el imputado junto a otros sujetos ingiriendo alcohol, en donde la víctima procedió a solicitarle que le devolvieran la pelota, ante lo cual el imputado, sin motivo alguno, procedió a agredirlo con golpe de puño en el rostro, a la altura de su pómulo, resultando el adolescente, la víctima, con un eritema en pómulo izquierdo con dolor a la palpación, lesiones de carácter leve. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada Código: TTFQXXXNEHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ve
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada Código: TTFQXXXNEHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14, 15, 24, 25, 26, 50, 60, 70, 399 y 494 N° 5 del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I
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RESUMEN RIT : . - RUC : - MATERIA : Lesiones menos graves, artículo del Código Penal IMPUTADO : CLAUDIO ALEXANDER CÁRDENAS MANSILLA CÉDULA DE IDENTIDAD : . . - DOMICILIO : Calle SITUACION CALLE / mail alexandercardenas @gmail.com ATENUANTES : - AGRAVANTES : - RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, veinte de octubre de dos mil veintitrés. HECHOS: El día de ayer, 19 de octubre d
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