M.P. C/ ESTEBAN FELIPE VERA CORREA
Rol
O-234-2023
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 13 de marzo del 2023, aproximadamente a las 12:10 horas, en calle Lauro Barros número 60, San Antonio, los imputados fueron sorprendidos por Carabineros al interior del vehículo tipo furgón, marca Chevrolet, modelo N30, placa patente única HPTK- 71. Vehículo que los imputados tenían conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del mismo, toda vez que éste mantenía encargo vigente por delito de robo, de fecha 28 de enero del 2023, denuncia realizada por Lascanio Enrique Caro Astorga.” Estos hechos, a juicio de la Fiscalía, tipifican el delito de receptación de vehículo descrito y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado y en el cual a los acusados le corresponde participación en calidad de autores Código: PFZQXXKSTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Señala la Fiscalía que respecto de ambos, concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal. Por lo anterior, requiere se imponga a los acusados, la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, según lo dispuesto en el artículo 29 del Código Penal, y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos Ministerio Público. Que, en su alegato de apertura la Fiscalía, expuso que es un furgón que pertenecía a una panadería, el cual fue sustraído en Santiago, en enero del 2023, luego de denunciar, en marzo se encuentra a los acusados al interior del vehículo, con una sola placa patente, que mantenía el encargo realizado por el robo; el punto en la receptación es si realmente se puede estimar que estaba
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, con fecha dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, presidida por el magistrado don Edgardo Castro Fuentes e integrada, además, por los jueces don Diego Muñoz Pacheco y don Mauricio Aguilar Donoso, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N°234-2023, seguido en contra de BÁRBARA AILEEN ROJAS ROJAS, cédula de identidad N° 19.857.507-0, nacida el 5 de enero de 1998 en Santiago, 25 años de edad, dueña de casa, soltera, domiciliada en calle La Capellanía, parcela 83, sitio 23, Cartagena; y ESTEBAN FELIPE VERA CORREA, cédula de identidad N°17.851.962-K, nacido el 24 de julio de 1991 en Santiago, 32 años de edad, transportista escolar, soltero, domiciliado calle La Capellanía, parcela 83, sitio 23, Cartagena; representados por la defensora pública Isabel Rodríguez Orellana, con correo electrónico ya registrado en el tribunal. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público de San Antonio, representado por el fiscal adjunto don Osvaldo Ossandon Sermeño, con correo electrónico ya registrado en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 13 de marzo del 2023, aproximadamente a las 12:10 horas, en calle Lauro Barros número 60, San Antonio, los imputados fueron sorprendidos por Carabineros al interior del vehículo tipo furgón, marca Chevrolet, modelo N30, placa patente única HPTK- 71. Vehículo que los imputados tenían conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del mismo, toda vez que éste mantenía encargo vigente por delito de robo, de fecha 28 de enero del 2023, denuncia realizada por Lascanio Enrique Caro Astorga.” Estos hechos, a juicio de la Fiscalía, tipifican el delito de receptación de vehículo descrito y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado y en el cual a los acusados le corresponde participación en calidad de autores Código: PFZQXXKSTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Señala la Fiscalía que respecto de ambos, concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal. Por lo anterior, requiere se imponga a los acusados, la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, según lo dispuesto en el artículo 29 del Código Penal, y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos Ministerio Público. Que, en su alegato de apertura la Fiscalía, expuso que es un furgón que pertenecía a una panadería, el cual fue sustraído en Santiago, en enero del 2023, luego de denunciar, en marzo se encuentra a
Fallo
por tanto por el funcionario de carabineros Morales Mariangel y el testigo víctima del robo del furgón, Caro Astorga, ambos señalan que en furgón estaba en perfectas condiciones siendo el funcionario de carabineros quien va más allá, indicando que además de las buenas condiciones, el acusado mantenía la documentación del vehículo y que ésta coincidía con la patente que portaba, patente que incluso era coincidente con el número de chasis que el funcionario de carabineros pudo corroborar. El único elemento que se pudo advertir, en cuanto a alguna irregularidad del vehículo, es el hecho que este portaba solo la placa patente delantera, situación que fue corroborada por el propio afectado Caro Astorga, quien al respecto señaló que la patente trasera se le extravió al chofer anterior y que él condujo dicho furgón, con una sola patenta por más de cuatro años, tiempo en que tuvo a cargo el vehículo. Finalmente cabe hacer presente la actitud del acusado al momento de ser fiscalizado, iniciando por el funcionario de carabineros quien indica que el acusado se encontraba en compañía de pareja, la acusada Rojas Rojas, que se encontraba detenido en el servicentro Copec, lugar donde fue fiscalizado, mostrándose sorprendido cuando le informan que el vehículo mantenía encargo por robo. Por lo que la actitud del encartado no se enmarca dentro de lo esperado por un sujeto que tiene conocimiento que el vehículo que conduce tiene un origen ilícito, más aún cuando se argumentó durante la audienc
Texto Completo (Preview)
1 MINISTERIO PÚBLICO DE SAN ANTONIO C/ BÁRBARA AILEEN ROJAS ROJAS, y ESTEBAN FELIPE VERA CORREA. DELITO: RECEPTACIÓN DE VEHICULO. (Absueltos) R.U.C. 2300276861-5. R.I.T. 234-2023. _________________________________________________________________________ San Antonio, veinte de octubre de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, con fecha dieciséis de octubre
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica