Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MP C/ ROBERTS LEE OLIVO SÁNCHEZ

Rol

O-253-2023

Fecha

20 de octubre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que el día dieciséis de octubre pasado ante esta Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal dirigida contra ROBERTS LEE OLIVO SÁNCHEZ, cédula de Identidad número 17.823.606-7, soltero, comerciante, con estudios hasta 2° año de enseñanza media, nacido en Talca el día 7 de octubre de 1991, de treinta y un años de edad, con domicilio en calle 10 Oriente N°861, Talca, asistido por la abogada defensora penal público, doña Consuelo Ferrer Méndez, con domicilio registrado en la carpeta judicial. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunto, doña Gabriela Vargas Riquelme, con domicilio también registrado en carpeta virtual.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación relativa a los hechos efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el auto de apertura, es del siguiente tenor: En Talca, el día 23 de marzo del año 2023 siendo aproximadamente las 23:50 horas el imputado ROBERT LEE OLIVOS SANCHEZ, en compañía de un segundo sujeto a la fecha no identificado, con ánimo de sustraer especies, procedió a ingresar al local comercial denominado Ferretería ACENOR, ubicado en calle 16 Oriente 3 Sur N°2271. Para tal efecto, procedieron a forzar con una elemento desconocido la reja metálica perimetral del referido local comercial para una vez en su interior proceder a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño las siguientes especies: 13 planchas de zinc de un largo de 2,50 m por 86 cm de ancho avaluadas cada una de ellas en la suma de $1.2000 (mil doscientos pesos) haciendo un total de $15.6000, las cuales procedieron a cargar al interior de un triciclo que portaban, para posteriormente huir con las especies en su poder siendo detenido por Funcionarios Policiales a escasa distancia del lugar huyendo el segundo de los imputados que lo acompañaba, sin lograr ser capturado siendo recuperada la especie y posteriormente entregada a su propietario. Se indica por el Ministerio Público que los hechos antes descritos son constitutivos del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor del mismo, que estima el Ministerio Público se encuentra en grado de desarrollo consumado. Agrega el órgano persecutor que respecto del acusado Olivos Sánchez, no concurren circunstancias atenuantes, perjudicándole la circunstancia agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal, esto es haber sido condenado anteriormente por delito de la misma especie. Solicita la Fiscalía en la acusación que se le imponga la pena de tres años y un día de presidio Código: NXZDXXNDQVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl menor en su grado máximo, accesorias legales del artículo 29 del Código Penal y se le condene al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Que en su alegato de apertura la representante del Ministerio Público manifestó que se remitirá a los hechos, al derecho y a la solicitud de condena contenidos en la acusación. Se probará en el juicio el valor de las especies que sustrajo el acusado en compañía de un segundo sujeto no identificado, que son $150.000. En el alegato de clausura, refirió que considera que con la prueba rendida se ha acreditado más allá de toda duda razonable los hechos de la acusación. El procedimiento nació, como lo indicó el testigo Ramiro Quintero, con quien se comunican de la central de vigilancia de las cámaras, señalándole que en el local comercial del que es administrador, se encontraban dos personas sustrayendo especies. Dicho testigo acudió en forma

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 21, 24, 26, 30, 40, 47, 50, 432, 442 N° 1 y 449 N° 1 del Código Penal y 45, 46, 47, 295, 296, 297, 329, 333, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ROBERTS LEE OLIVO SÁNCHEZ, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas perpetrado en lugar no habitado, de especies de propiedad de la persona jurídica de derecho privado Acenor, cometido en Talca, el 24 de marzo de 2023 y se le impone la pena de SEISCIENTOS DÍAS de presidio menor en su grado medio, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Por no ser procedente, no se sustituye la pena corporal impuesta, por lo que el sentenciado deberá cumplirla efectivamente debiendo computarse como abono, doscientos diez (210) días, que corresponden a los que el sentenciado ha estado privado de libertad por esta causa desde el día 24 de marzo de este año al día de esta sentencia. II.- Que, SE CONDENA al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendidos los fundamentos del motivo vigésimo. Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, remitiéndose esta causa al Juzgado de Garantía de Talca y la sentencia, con el atestado de encontrarse ejecutoriada, al Centro de Cumplimiento Penitenciario que corresponda. Redacción del Juez destinado Héctor Mardone

Texto Completo (Preview)

Talca, veinte de octubre de dos mil veintitrés. VISTO: Que el día dieciséis de octubre pasado ante esta Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal dirigida contra ROBERTS LEE OLIVO SÁNCHEZ, cédula de Identidad número 17.823.606-7, soltero, comerciante, con estudios hasta 2° año de enseñanza media, nacido en Talca el d

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