MINISTERIO PUBLICO C/ JENNYFER NIKOL BACIGALUPPI ACUÑA
Rol
O-258-2023
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, son los siguientes: “Con fecha 14 de mayo del año 2022 alrededor de las 13:10 horas, la acusada JENNYFER NIKOL BACIGALUPPI ACUÑA ingresó a la galería colonial ubicada en Diego Portales número 787, y con el fin de sustraer especies ingresó al local 205, local de joyas de propiedad de la señora Patricia Ivonne Román Zamora, procediendo la imputada al consultar por joyas que se encontraban en el mostrador de exhibición y luego que la víctima exhibiera a la imputada, ésta las sustrajo tomándolas del mostrador y huyendo con las especies en su poder. Tales especies correspondían a un anillo de oro de 1,8 quilates de 5,8 gramos y un par de aros de 18 quilates de 5,1 gramos de oro, de propiedad de la víctima, avaluados en la suma de un $1.100.000.-, huyendo con éstas en su poder, para luego dirigirse a otro lugar de joyas ubicado en Blanco Encalada número 914, local Aurus, para proceder a la venta de éstas a sus dependientes. Por otra parte, en momentos que la imputada era trasladada para fines de constatación de lesiones por parte de personal de Carabineros, la imputada agredió a dos funcionarios policiales correspondientes a doña Belén del Pilar Cifuentes Núñez y a don Juan Pablo Maturana Maturana, ambos funcionarios de la Segunda Comisaría de Quilpué, a quienes agredió causándoles lesiones, a la víctima doña Belén Cifuentes Núñez consistente en edema con limitación funcional leve mano derecha de carácter leve; y a don Juan Maturana Código: XDXEXXXCCWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Maturana, con laceración superficial en dorso de mano derecha y golpe leve en región parietal, lesiones de carácter leve.” El ente acusador estimó los hechos trascritos como constitutivos del delito de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal y dos delitos de maltrato de obra a carabineros causando lesiones leves, previsto en el artíc
Fundamentos
motivos por los cuales el tribunal regulará las penas corporal y multa en el mínimo. DECIMOCUARTO: Determinación de la pena por el delito de maltrato de obra a Carabinero. Que, la pena en abstracto asignada por ley al delito de lesiones leves a Carabineros en ejercicio de sus funciones es la de presidio menor en su grado mínimo. El delito lo fue en grado de desarrollo de consumado, la acusada tuvo una participación a título de autor, no concurren circunstancias modificatorias y no se justificó una mayor extensión de mal, motivos por los cuales la pena en concreto se regulará en el mínimo. Código: XDXEXXXCCWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 13 DECIMOQUINTO: Pena sustitutiva de remisión condicional. Que, concurriendo los requisitos de artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituirán las penas privativas de libertad por la de remisión condicional. Ello en atención a que la sentenciada no registra en su extracto anotaciones prontuariales por crimen o simpe delito –se consignan dos anotaciones por falta-; el marco penal lo permite y los antecedentes hacen concluir que una intervención individualizada será efectiva para su efectiva reinserción social.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 25, 26, 30, 47, 49, 50, 67, 69, 446 N°2 del Código Penal; artículo 416 bis del Código de Justicia Militar; artículos 54, 45, 46, 47, 51, 52, 53, 295, 297, 325 y siguientes, 339, 340, 341, 342, 343, 348, 398 y 468 del Código Procesal Penal; y Acuerdo de Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias de los Tribunales de la Reforma Procesal Penal; se declara: I.- Se absuelve a Jennyfer Bacigaluppi Acuña, cédula de identidad N°19.191.921-1, de aquella parte de la acusación que al sindica como autora del delito de maltrato de obra a Carabinero en ejercicio de sus funciones, previsto en el artículo 416 bis del Código de Justicia Militar, ilícito que supuestamente habría afectado a la funcionaria Cifuentes Núñez el día 14 de mayo de 2022 en Quilpué. II.- Se condena Jennyfer Bacigaluppi Acuña, cédula de identidad N°19.191.921-1, como autora de los delitos de hurto de especies y maltrato de obra a Carabinero en ejercicio de sus funciones causando lesiones leves, previstos y sancionados en los artículos 446 N° 2 del Código Penal y artículo 416 bis del Código de Justicia Militar, consumados, perpetrados en Quilpué el día 14 de mayo de 2022, a soportar, por el primer delito, la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de 6 UTM y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y po
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1 Viña del Mar, viernes veinte de octubre de dos mil veintitrés. PRIMERO: Tribunal e intervinientes. El día lunes dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, en la 5ta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por los Jueces, Sr. Claudio Correa Zacarías, quien presidió, Sra. Claudia Ortiz Leiva y Sr. Claudio Espinoza Asenjo, se celebró la audiencia de juicio oral en
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