CESAR JEAN HERRERA CAAMANO C/ BASTIÁN IGNACIO GODOY HORTA
Rol
O-3008-2022
Fecha
19 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 26 de diciembre de 2021, siendo aproximadamente a las 08:00 horas, el imputado conducía por la Ruta H-56 camino El Naranjal de la comuna de Quinta de Tilcoco, el vehículo marca Nissan modelo V-16 PPU LY-4445, cuando a consecuencia de su estado de ebriedad, impacto contra un árbol existente en la citada ruta. Carabineros que concurrieron a verificar el accidente, constataron el estado de ebriedad del imputado y lo trasladaron al hospital, para su atención y prueba de alcoholemia. La alcoholemia de rigor arrojo el resultado de 2.77 gramos de alcohol por litro. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente artículos pertinentes del Código Penal, Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 18.290 y demás normas atingentes al caso, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a BASTIÁN IGNACIO GODOY HORTA, cédula de identidad N° 18945930-0, por su participación en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad del artículo 196 de la Ley del Transito cometido el 26 de Diciembre de 2021 en la comuna de Quinta de Tilcoco, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 4º en la ley 18.216, SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y asistencia de Gendarmería de Chile, por el lapso de UN AÑO, debe cumplir con los demás requisitos y exigencias legales establecidas en la Ley 18.216. Código: YFWVXXQXNTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://of
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a BASTIÁN IGNACIO GODOY HORTA, cédula de identidad N° 18945930-0, por su participación en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad del artículo 196 de la Ley del Transito cometido el 26 de Diciembre de 2021 en la comuna de Quinta de Tilcoco, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 4º en la ley 18.216, SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y asistencia de Gendarmería de Chile, por el lapso de UN AÑO, debe cumplir con los demás requisitos y exigencias legales establecidas en la Ley 18.216. Código: YFWVXXQXNTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl mailto:bastian.godoy.horta@gmail.com “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-51
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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