RODRIGO IVAN LANCASTER OLIVERO C/ MAX ALEJANDRO LEPE SOTO
Rol
O-350-2021
Fecha
12 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
Audiencia de Prep. de Juicio Oral Simplificado, sentencia condenatoria en procedimiento simplificado Fecha Coelemu., doce de octubre de dos mil veintitrés Magistrado NATALIA INÉS SANDOVAL JARA Fiscal EDUARDO PLANCK MUÑOZ Defensor MARIA DANIELA CARRASCO CONEJEROS Hora inicio 11:20AM Hora termino 11:47AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Coelemu. Acta Daniela Soto-Aguilar RUC 2000151999-K RIT 50 - 2021 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MAX ALEJANDRO LEPE SOTO(presente) 001 54 50-1 Calle LOS CIRUELOS Nº 25 Coelemu. Actuaciones efectuadas Procedimiento simplificado Imputado acepta responsabilidad. Sentencia condenatoria. RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2000151999- 50-2021 CAUSA.: R.U.C=2000151999-K R.U.I.= 50-2021 Fecha de deliberación 202 10 12 Juez redactor NATALIA INÉS SANDOVAL JARA RELACIONES.: LEPE SOTO MAX ALEJANDRO / CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESI Resultado Condenado. Procedimiento Simplificado. Notificaciones y remisión del acta Fiscal: EDUARDO ALEJANDRO PLANCK MUÑOZ eplanck@minpublico.cl Defensor: MARIA DANIELA CARRASCO CONEJEROS maria.carrasco@dpp.cl Imputado: MAX ALEJANDRO LEPE SOTO Notificado personalmente en audiencia La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la Código: HRKLXXXDLZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Dirigió la audiencia y resolvió – NATALIA SANDOVAL JARA Juez Subrogante del Tribunal de Letras y Garantía de Coelemu Coelemu, doce de octubre de dos mil veintitrés. Por estas consideraciones, teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 47,297, y siguientes y demás normas pertinentes del Código Procesal Penal: artículos ,1, 7, 11, 0, 70,449 y demás normas pertinentes del Có
Fundamentos
Considerando que se encuentra en prisión preventiva por causa diversa, se suspende el cumplimiento de la pena sustitutiva por lo que se ordena informar a Gendarmería de Chile para tomar conocimiento de aquello. Una vez que recupere su libertad se le notificará personalmente o por cédula a su domicilio, de su obligación de presentarse al CDP respectivo a dar inicio al cumplimiento de la pena sistitutiva. VI. Que, si la pena sustitutiva impuesta, fuere revocada o quebrantada, la sentenciada cumplirá integra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, o en su caso será remplazada por una de mayor intensidad o se impondrá la intensificación de estas condiciones decretadas. VII. Ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación para efectos de la omisión que se establece en el artículo de la ley 1 .216. VIII. Se ordena al sentenciado una vez que recupere su libertad realice entrega de su licencia de conducir en dependencias del tribunal para su debida custodia. IX. Se ordena oficiar al Departamento de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Ranquil, para que el sentenciado no pueda obtener licencia de conducir ni tampoco duplicado de la misma. X. Que para el pago de la multa impuesta de 1 de unidad tributaria mensual, deberá ser pagada mediante el formulario N°10 y acreditar su debido pago al tribunal, dentro del plazo de 0 días, contados desde que recupere libertad. Se advierte que el no pago de la multa, podrá hacerse cumplir por medio de sustitución la pena de reclusión, regulándose en un día por cada tercio de UTM que ha sido condenado. XI. Álcense las medidas cautelares, una vez que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Código: HRKLXXXDLZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl EJECUTORIADA QUE SE ENCUENTRE LA PRESENTE SENTENCIA, CÚMPLASE CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 468 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. Los intervinientes presentes en la audiencia quedan personalmente notificados de todo resuelto. ANÓTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. Rit - Ruc 999-K Dictada por doña NATALIA SANDOVAL JARA, Juez Subrogante del Juzgado de Letras y Garantía de la comuna de Coelemu. Código: HRKLXXXDLZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-20T17:28:41-0300
Fallo
Por estas consideraciones, teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 47,297, y siguientes y demás normas pertinentes del Código Procesal Penal: artículos ,1, 7, 11, 0, 70,449 y demás normas pertinentes del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley de tránsito; artículos 1,4, 5 y demás pertinentes de la ley 1 216 se declara: I. Que, se condena a don MAX ALEJANDRO LEPE SOTO, cédula de identidad Nª 1 .54 . 50-1, ya individualizado, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, más las accesorias legales correspondiente que se encuentran consignadas en el artículo 0 del Código Penal, más la pena de multa de 1 de unidad tributaria mensual, más la suspensión de la licencia de conducir por el termino de 2 años, por su responsabilidad como autor en el delito consumado conducción en estado de ebriedad causando daños, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196 de la ley 1 .290, cometido el dia 0 de febrero del 2020 II. Que se condena al requerido MAX ALEJANDRO LEPE SOTO cédula de identidad Nª 1 .54 . 50-1 ya individualizado, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo más las accesorias legales correspondiente que se encuentran consignadas en el artículo 0 del Código Penal, por su participación en calidad ce autor en grado de desarrollo consumado MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS DE CHILE, prescrito y sancionado en el artículo 416 BIS N° 4 del Código de Justicia Militar, en relación al artículo 494 N° 5 del Código Penal,
Texto Completo (Preview)
Audiencia de Prep. de Juicio Oral Simplificado, sentencia condenatoria en procedimiento simplificado Fecha Coelemu., doce de octubre de dos mil veintitrés Magistrado NATALIA INÉS SANDOVAL JARA Fiscal EDUARDO PLANCK MUÑOZ Defensor MARIA DANIELA CARRASCO CONEJEROS Hora inicio 11:20AM Hora termino 11:47AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Coelemu. Acta Daniela Soto-Aguilar RUC 200
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica