Juzgado de Letras y Garantía de Coelemu.

CESAR ENRIQUE SALDANA INOSTROZA C/ RODRIGO ALEXIS CHANDIA ORTIZ

Rol

O-216-2022

Fecha

10 de octubre de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos perpetrados el día 1 de marzo del año , en esta jurisdicción. II. Que en atención a la aceptación del procedimiento abreviado, no se condena en costas al acusado por haber ahorrado fondos al erario público. III. Que reuniendo el sentenciado los requisitos que se disponen en los artículos 1, y de la ley N°1 . 16, se dispone el cumplimiento de la pena corporal lo será a través de la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna quedando sujeto a horas de encierro por cada día de privación de libertad a la cual ha sido condenado, no existiendo abonos en la presente causa, este encierro será en su domicilio ubicado en Primera Agua S N de la Comuna de Penco, entre las : horas de cada día y las 6: horas del día siguiente, el sentenciado solo podrá mudar su domicilio, previa autorización dada por el tribunal en audiencia al efecto.

Fundamentos

Considerando que actualmente se encuentra cumpliendo otra condena por medio de pena sustitutiva de la misma naturaleza, se le otorga el plazo de dos días para incorporar el informe de factibilidad técnica de Gendarmería de Chile, para el cumplimiento a través de monitoreo telemático. Código: XZJWXXVQENX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que, si la pena sustitutiva impuesta, fuere revocada o quebrantada, la sentenciada cumplirá integra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, o en su caso será remplazada por una de mayor intensidad o se impondrá la intensificación de estas condiciones decretadas. IV. Que, se suspende esta pena sustitutiva, mientras el imputado se encontrare cumpliendo la pena que fue condenado en la causa RIT 141 - del ingreso del Juzgado de Garantía de Concepción. Una vez cumplida dicha condena, continuará el cumplimiento de la presente. Se ordena en consecuencia remitir los antecedentes a Gendarmería de Chile para su cumplimiento y asimismo, al Juzgado de Garantía competente, que de acuerdo a lo que establece el artículo 6 de le ley N°1 . 16, lo sería el Juzgado de Garantía de Concepción. V. Que para el pago de la multa impuesta de 1 de unidad tributaria mensual, deberá ser pagada mediante el formulario N°1 y acreditarse su cumplimiento dentro del plazo de días contados desde que la sentencia quede firme o ejecutoriada. Se advierte que el no pago de la multa, podrá sufrir por medio de sustitución, la pena de reclusión, regulándose en un día por cada tercio de UTM que ha sido condenado. VI. Álcense las medidas cautelares, una vez que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. EJECUTORIADA QUE SE ENCUENTRE LA PRESENTE SENTENCIA, CÚMPLASE CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 468 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. Los intervinientes presentes en la audiencia quedan personalmente notificados de todo resuelto. ANÓTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. Rit 216-2 22 Ruc 22 2 288 -4 Dictada por doña NATALIA SANDOVAL JARA, Juez Subrogante del Juzgado de Letras y Garantía de la comuna de Coelemu. Código: XZJWXXVQENX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XZJWXXVQENX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-19T22:42:18-0300

Fallo

Por estas consideraciones, teniendo además presente lo dispuesto en los artículos y siguientes del Código Procesal Penal, 4 6 y demás normas pertinentes de dicho cuerpo normativo, artículos 1, , 11, 1 , 14, 15, , , 446 N° , y demás normas pertinentes del Código Penal, artículos 1, y siguientes de la ley 1 . 16 se declara: I. Que, se condena a don RODRIGO ALEXIS CHANDIA ORTIZ cédula de identidad Nª 1 . . 4 -6, con demás datos de individualización, ya referidos a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más la multa de 1 de Unidad Tributaria Mensual, más accesorias legales conforme al artículo del Código Penal, todo lo anterior por su participación como autor en el delito de HURTO SIMPLE , previsto y sancionado en el artículo 446 N° del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hechos perpetrados el día 1 de marzo del año , en esta jurisdicción. II. Que en atención a la aceptación del procedimiento abreviado, no se condena en costas al acusado por haber ahorrado fondos al erario público. III. Que reuniendo el sentenciado los requisitos que se disponen en los artículos 1, y de la ley N°1 . 16, se dispone el cumplimiento de la pena corporal lo será a través de la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna quedando sujeto a horas de encierro por cada día de privación de libertad a la cual ha sido condenado, no existiendo abonos en la presente causa, este encierro será en su domicilio ubicado en Primera Agua S N de la Comuna de Penco, entre las :

Texto Completo (Preview)

Audiencia de preparación juicio oral, procedimiento abreviado, sentencia condenatoria. Fecha Coelemu, diez de octubre de dos mil veintitrés Magistrado NATALIA INÉS SANDOVAL JARA Fiscal GLORIA GONZALEZ FIGUEROA Defensor MARIA DANIELA CARRASCO CONEJEROS Querellante ÁLVARO RODRIGO ARAYA FUENTES Hora inicio 11:15AM Hora termino 11:46AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Coelemu. Ac

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica