Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

RICARDO NOLBERTO FEELEY SOTO C/ JHEAN JAVIER AGUILERA PLAZA

Rol

O-961-2022

Fecha

16 de octubre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El 1 de febrero del 2022 alrededor de las 13:00 horas la víctima Ricardo Feeley Soto, adulto mayor, llego en su vehículo hasta su domicilio ubicado en calle Francia N° 2235 de la comuna de Villa Alemana y lo estación en calle Francia muy cerca de su casa, en esos momentos se le acerca del imputado Jhean Aguilera Plaza y comienza a darle patadas al auto además de acercarse a la ventana del chofer y agredir con golpes de puño a la víctima quien aún se encontraba al interior del vehículo sin poder bajarse debido a los golpes del imputado, el cual mantenía una manopla de metal en la mano, luego se acerca la esposa de la victima Sra. María Ibañez Vega para pedir ayuda siendo amenazada de muerte por el imputado el cual le gritó “ Te voy a matar vieja conchetumadre, voy a buscar la pistola”. “llama a los pacos viejo culiao , te voy a reventar la casa y los voy a matar” A raíz de la agresión la víctima resulto con “Herida cortante en región malar izquierda de 7 mm de longitud con sangrado activo, Herida en dorso nasal, patrón lineal de 1.5 cm de longitud, sangrado activo, aumento de volumen en región supraciliar izquierda (1/3 externo) asociado a equimosis y herida cortante en mismo sitio, sangrado activo” de carácter clínicamente leves. Se hace presente que a raíz de que la víctima tiene discapacidad ocular y mantiene una prótesis en Código: ZWHXXJYXTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su ojo izquierdo se le tubo que inyectar dosis de vacuna antitétanos. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 11 N°9, 15N°1, 21, 30,49, 51, 67, 69,70, 296 N°3 y 399 del Código Penal; y lo dispuesto en los artículos 26,25,30,45,348,388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se condena a JHEAN JAVIER AGUILERA PLAZA, cédula de identidad N° 19.665.358-9, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, y acces

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 11 N°9, 15N°1, 21, 30,49, 51, 67, 69,70, 296 N°3 y 399 del Código Penal; y lo dispuesto en los artículos 26,25,30,45,348,388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se condena a JHEAN JAVIER AGUILERA PLAZA, cédula de identidad N° 19.665.358-9, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de AMENAZAS SIMPLES, previsto en el artículo 296 N°3 del Código Penal; y a la pena de MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por el delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal; ambos en grado de desarrollo CONSUMADO, y ambos en calidad de autor, perpetrados en esta ciudad el día 1 de febrero del 2022.- II.- Respecto a la pena de multa, se autoriza su pago en tres cuotas de 1/3 UTM cada una, cuotas que se deberán cancelar en forma mensual y sucesivas, la que deberá pagarse en pesos en la Tesorería General de la República, de acuerdo a su valor al momento del pago. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la deuda.- Si el sentenciado no tiene medios suficientes para el pago de dicha multa, previo acuerdo, podrá efectuar trabajos en beneficio de la comunidad, y en caso contrario se le podrá sustituir por la pena de reclusión, regulándose un día por cada terci

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Villa Alemana, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada). Hechos: El 1 de febrero del 2022 alrededor de las 13:00 horas la víctima Ricardo Feeley Soto, adulto mayor, llego en su vehículo hasta su domicilio ubicado en calle Francia N

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica