MP C/ MARCOS ALFREDO BAHAMONDE FLORES
Rol
O-6416-2023
Fecha
19 de octubre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 15 de julio del año 2023, en el marco de un control que se inicia por consumo de alcohol en la vía pública y a propósito de la identificación que se le solicita al imputado presente en audiencia, MARCOS ALFREDO BAHAMONDE FLORES para los efectos de su individualización; el personal de Carabineros puede advertir al momento que este abre su banano para extraer su cédula, un cuchillo de tipo cocinero con empuñadura de color negro y hoja metal con punta, por lo que se le procede a una inmediata detención por mantener un cuchillo en espacio público sin dar escusa o dar reserva sobre su porte al registro propiamente tal del bolso tipo banano, el imputado portaba otro cuchillo, tipo corta pluma de color negro; especies ambos decomisadas y en que definitiva significaron la detención del imputado y su control porte ilegal de arma blanca en espacio público sin dar respuesta o explicación de cuyo porte, razonables”. SENTENCIA VISTOS, OÍDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estos fundamentos y además de lo prevenido en los artículos 1,3, 7, 11 N° 9, 12 N°16 70, 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a MARCOS ALFREDO BAHAMONDE FLORES, ya individualizado, a la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor de un delito de porte de arma cortopunzante, del artículo 288 bis del Código Penal, acontecido en la jurisdicción de este tribunal con fecha 15 de julio de 2023, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que, para el pago de la multa de una Unidad Tributaria Mensual, se otorga como plazo máximo para el pago de la misma hasta el 30 de noviembre de 2023. III.- Que, se ordena el comiso de las especies incautadas y su destrucción por el Ministerio Público. IV.- No se condena en costas al sentenciado, toda vez que aceptó responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. Pronunciada por don MIGUEL SÁEZ NAVARRETE, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: BLCXXNRXQW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-23T18:09:44-0300
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Fecha Viña del Mar, diecinueve de octubre de dos mil veintitrés. RUC 2300762517-0 RIT 6416 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MARCOS ALFREDO BAHAMONDE FLORES 0019940242-0 Sector Calle Río Imperial Casa Nº 1 Concón. HECHOS: “El día 15 de julio del año 2023, en el marco de un control que se inicia por consumo de alcohol en la vía pública y a propósito de la identificación que se le solicit
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