VALDEBENITO/CENTRAL DE RESTAURANTES ARAMARK MULTISERVICIOS LTDA.
Rol
O-1370-2021
Fecha
9 de marzo de 2022
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: (Parte resolutiva, sentencia íntegra consta en registro de audio) Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 2, 7, 8, 9, 10, 161, 162, 168, 171, 173, 452, 456, 459 del Código del Trabajo, y artículo 13 de la ley 19728, se declara: I. Que se acoge la demanda presentada por doña ALEJANDRA VALDEBENITO VILLABLANCA, en contra la CENTRAL DE RESTAURANTES ARAMARK MULTISERVICIOS LTDA., representada por doña LILIAN MATAMALA ESCOBAR, en cuanto se declara improcedente su despido y se condena a la demandada a pagar: a) La suma de $2.837.129 por concepto del incremento legal del 30% del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. b) La suma $1.076.821.- por concepto de restitución de lo indebidamente descontado por aporte patronal al seguro de cesantía de la demandante. Las sumas anteriormente referidas deberán ser pagadas con más los reajustes e intereses que contempla el artículo 173 del Código del Trabajo II. Se dispone que no se condena en costas a la parte demandada, por no haberse opuesto formalmente a la demanda. Regístrese y archívese. Quedan los intervinientes notificados personalmente, la demandante por estar presente, y la parte demandada atendido los apercibimientos legales efectuados oportunamente RIT O-1370-2021 RUC 21-4-0374098-2 Dirigió y dictó don RODRIGO HERNAN VERA GARCIA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 2, 7, 8, 9, 10, 161, 162, 168, 171, 173, 452, 456, 459 del Código del Trabajo, y artículo 13 de la ley 19728, se declara: I. Que se acoge la demanda presentada por doña ALEJANDRA VALDEBENITO VILLABLANCA, en contra la CENTRAL DE RESTAURANTES ARAMARK MULTISERVICIOS LTDA., representada por doña LILIAN MATAMALA ESCOBAR, en cuanto se declara improcedente su despido y se condena a la demandada a pagar: a) La suma de $2.837.129 por concepto del incremento legal del 30% del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. b) La suma $1.076.821.- por concepto de restitución de lo indebidamente descontado por aporte patronal al seguro de cesantía de la demandante. Las sumas anteriormente referidas deberán ser pagadas con más los reajustes e intereses que contempla el artículo 173 del Código del Trabajo II. Se dispone que no se condena en costas a la parte demandada, por no haberse opuesto formalmente a la demanda. Regístrese y archívese. Quedan los intervinientes notificados personalmente, la demandante por estar presente, y la parte demandada atendido los apercibimientos legales efectuados oportunamente RIT O-1370-2021 RUC 21-4-0374098-2 Dirigió y dictó don RODRIGO HERNAN VERA GARCIA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 09 de marzo de 2022 Registro de Audio en remoto SALA 2 RUC 20-4-0248732-2 RIT O-1370-2021 MAGISTRADO RODRIGO HERNAN VERA GARCIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Mariela Romero Concha HORA DE INICIO 08:40 horas HORA DE TERMINO 09:04 horas Nº REGIS
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