ERCITO ONES FERNANDEZ MARCHANT C/ JOSÉ EDUARDO NÚÑEZ SALAZAR
Rol
O-37-2023
Fecha
16 de octubre de 2023
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO TRIBUNAL: Procede a dictar sentencia de inmediato, condena suspendida por art 398 CPP. Se transcribirá la parte resolutiva del fallo, quedando el contenido íntegro en el correspondiente registro de audio.- I.- Que, se acoge el requerimiento del Ministerio Público presentado en contra de don JOSÉ EDUARDO NÚÑEZ SALAZAR, Cédula de Identidad N° 9.419.799-6, funcionario público, domiciliado en Sendero los Reyes Nº 593, comuna de Curauma. Y se le condena a pagar una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL Y SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE 3 MESES. Como autor del delito consumado del artículo 197 quinquies, en relación con el artículo 145 de la Ley 18.290, esto es, CONDUCCIÓN TEMERARIA. Código: XQLPXXTJHWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- La multa, deberá pagarse mediante el respectivo pago a la Tesoreria General de la Republica, por medio del formulario correspondiente, entre los 15 días siguientes a esta audiencia y una copia del mismo, deberá ser presentada al Tribunal, durante el 5° día efectuado el pago, bajo apercibimiento de no tenerse por cumplida la sentencia, si paga la multa impuesta dentro del plazo indicado, tendrá un descuento del 25% de su valor total. Si el pago de la multa se efectúa fuera del plazo, se deberá pagar íntegramente, esto es, con el valor de la UTM vigente a la fecha del pago. III.- En, el mismo plazo de 15 días siguiente a esta audiencia, se puede reclamar de la multa impuesta o de su monto, en su caso se citara a audiencia de procedimiento simplificado. IV.- Que, resultando del mérito de los argumentos vertidos en audiencia, que existen antecedentes favorables al requerido, que no hacen aconsejable a la imposición de la pena impuesta en esta resolución, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la imposición de la misma y sus efectos
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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Collipulli., dieciséis de octubre de dos mil veintitrés Magistrado MARIA FERNANDA LAGOS LEPE Fiscal OSVALDO VELASQUEZ FERRADA Abogado part. JOSE LUIS LUENGO MAI Hora inicio 10:06AM Hora termino 10:16AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli. Acta Davis Riquelme Montoya RUC 2201303949-K RIT 37 - 2023 Actu
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