12º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ GERARDO ALBERTO RAMÍREZ GUZMÁN

Rol

O-1746-2022

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 de junio del año 2022, alrededor de las 11.45 horas funcionarios de carabineros a raíz de 1 denuncia presentada por la victima de iniciales MACM, concurrieron hasta el domicilio de calle Sandino 25, comuna de San Joaquín, toda vez que en dicho lugar el GPS de 1 maquinaria marca Bobcat modelo S150, COLOR BLANCO PPU N° DYSH-30, que estaba denunciada por robo manteniendo encargo vigente, indicaba que se encontraba en dicho lugar, concurriendo funcionarios policiales, verificando que se encontraba en el interior del inmueble en poder del imputado GERARDO ALBERTO RAMÍREZ GUZMÁN, por lo que el imputado conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito de dicho vehículo. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, , 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 5 y siguientes, 45 bis a) del Código Penal; artículos 4 , 29 , 340, 341, 342, 34 , 40 y siguientes, y 4 del Código Procesal Penal; disposiciones de la Ley 1 21 , SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a GERARDO ALBERTO RAMÍREZ GUZMÁN, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículos 45 bis a) del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido el día 14 de junio del año 2022, en la comuna de SAN JOAQUIN. II.- Que para efectos de la multa impuesta se le tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad, y con motivo de esta causa, según consta en audiencia de Control de la Detención de fecha 15 de junio del año 2022. III.- Que reuniéndose en la especie de los requisitos del artículo ° de la Ley 1 21 , la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, consistente en su encie

Fundamentos

considerando al efecto, el descuento de los cuatro días de incumplimiento que se aluden en los oficios a los que se ha dado lectura. IV.- Que se exime al sentenciado de las costas de la causa por haberse sometido a las normas del procedimiento abreviado, renunciando a su derecho a un juicio oral. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renuncian a los plazos y recursos. Código: JQXKXXXFSXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SENTENCIA EJECUTORIADA. Dictada por Doña ALEJANDRA ANDREA MUÑOZ SANCHEZ, Juez Titular del 12°JGS. Código: JQXKXXXFSXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-19T10:37:41-0300

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a GERARDO ALBERTO RAMÍREZ GUZMÁN, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículos 45 bis a) del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido el día 14 de junio del año 2022, en la comuna de SAN JOAQUIN. II.- Que para efectos de la multa impuesta se le tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad, y con motivo de esta causa, según consta en audiencia de Control de la Detención de fecha 15 de junio del año 2022. III.- Que reuniéndose en la especie de los requisitos del artículo ° de la Ley 1 21 , la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, consistente en su encierro en su domicilio entre las 22:00 horas de cada día hasta las 0 :00 horas del día siguiente; debiendo computarse ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta en la causa; estableciéndose como mecanismo de control el sistema de Monitoreo Telemático. Que para los efectos de la pena sustitutiva de Reclusión Parcial Domiciliaria Nocturna se le reconoce el tiempo que el sentenci

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : - RUC : - MATERIA : RECEPTACION VEHÍCULO MOTORIZADO IMPUTADO : GERARDO ALBERTO RAMÍREZ GUZMÁN C.I. N° : - DOMICILIO : SANDINO Nº 3 , SAN JOAQUIN FISCAL : CARLOS GUSTAVO URRUTIA GUTIÉRREZ DEFENSOR : PATRICIA SORAYA LIENLAF OSSES ATENUANTES : ARTICULO Nº DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NINGUNA RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago, de octubre de 3. Hechos: El día 14 de

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