4º Juzgado Civil de Santiago

VALLEJOS/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA

Rol

C-15263-2020

Fecha

16 de noviembre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En estos autos Rol N° 15.263-2020, comparece doña MARITZA XIMENA VALLEJOS TAM, desempleada, domiciliada en Av. Frei Montalva, 1889 Colectivo 18, departamento L, Independencia, e interpone demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su alcalde, don Gonzalo Durán Baronti, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Avenida Independencia N°753, comuna de Independencia, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. La demandada contesta la demanda, allanándose a la misma en los términos que expone, y solicitando se le exima de la condena en costas. Atendido el allanamiento expuesto, se citó las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña MARITZA XIMENA VALLEJOS TAM, solicitando al Tribunal que se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impago, más sus respectivos reajustes intereses y eventuales multas, respecto de la propiedad ubicada en Av. Frei Montalva N°1889, Colectivo 18, departamento L, Independencia, correspondiente al periodo entre el 30 de septiembre de 2007 al 30 de septiembre de 2015, por la suma de $1.472.610, o lo que el Tribunal determine conforme a derecho. Manifiesta que es residente y dueña del inmueble ubicado Av. Frei Montalva 1889, Colectivo 18, departamento L, Independencia. Refiere que en septiembre de 2020, tomó conocimiento mediante estado de cuenta de derechos de aseo domiciliario Rol N° 0062600233, extendido por el Departamento Impuestos y Derechos de la Municipalidad de Independencia, que el inmueble ya individualizado se encontraría con deuda por no pago de una serie de cuotas vencidas, correspondientes a derechos de aseo domiciliario, por un monto total de $ 1.472.610, respecto del cual ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas, En cuanto al derecho invoca los artículos, 1567 N°10, 2492, 2493,2515 y 2521 del Código Civil y artículo 703 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que, la demandada contesta la demanda señalando que, según consta del informe de deuda acompañado, se adeudaría a su parte la suma de $1.472.610. Dicho documento comprende los valores impagos del periodo comprendido entre el 2007 y 2015, ambos inclusive, de la propiedad ubicada en calle Av. Frei Montalva N° 1889, colectivo 18, depto. L, de la comuna de Independencia. Indica, además, que al amparo del artículo 2515, del Código Civil, que señala “este tiempo es general de tres años para las acciones ejecutivas y cinco para las ordinarias”, las acciones que el municipio tiene en contra de la demandante, para efectos de exigir el pago de la deuda de marras, se encuentra en la hipótesis de la citada disposición legal de la prescripción. Expone que, en virtud de dichos antecedentes, y al amparo del artículo 313 del Código Civil, viene en allanarse a la demanda. TERCERO: Que, atendido el mérito del allanamiento expuesto, necesario será, en definitiva, acoger la demanda interpuesta, como se indicará en lo pertinente de esta sentencia. Fundamentos por los cuales, y visto además, lo dispuesto en los artículos 578, 1437, 2514 y 2515 del Código Civil; 160, 313 y 170 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: I.- Que, se acoge la demanda y se declara la prescripción de las acciones para el cobro de los derechos de aseo domiciliario correspondientes al inmueble ubicado en Av. Frei Montalva, N° 1889, colectivo 18, depto. L, comuna de Independencia, con vencimiento entre el 30 de septiembre de 2007 y el 30 de septiembre de 2015, ambos inclusive, por la suma de $ 1.472.610.- incluyendo sus respectivos reajustes, intereses y multas. Rol N°0062600233.- II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese. Notifíquese y Archívense los autos en su oportunidad. PRONUNCIADA POR MARÍA PAULA MERINO VERDUGO. JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecis is de Noviembre de dos mil veinte é Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-16T09:26:00-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15263-2020 CARATULADO : VALLEJOS/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA Santiago, diecis is de Noviembre de dos mil veinte é VISTOS: En estos autos Rol N° 15.263-2020, comparece doña MARITZA XIMENA VALLEJOS TAM, desempleada, domiciliada en Av. Frei Montalva, 1889 Colectivo 18, departamento L, Independencia, e interpone deman

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