ISABEL ALEJANDRA LIGARDI CORTES C/ CRISTIAN HERNALDO BARRAZA BOUFFANAIS
Rol
O-9031-2022
Fecha
11 de octubre de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos Re-Formalización: El día 21 de diciembre de 2022, a las 18:30 horas aproximadamente, en la vía pública, sector de la intersección de Avenida Cuatro Código: VJJSXXBTXCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Oriente con pasaje El Fruto Poniente, comuna de Puente Alto, el imputado, sin la competente autorización, tenía, poseía o portaba, una pistola marca Versa, modelo BP9CC, calibre 9 milímetros, con su número de serie borrado con cargador y cuatro cartuchos del mismo calibre. Calificación Jurídica: Los hechos antes descritos son constitutivos, respecto del imputado, el delito de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, previsto y sancionado en el artículo 14° en relación con el artículo 3° de la Ley N° 17.798, consumado, autor Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Benefician a la sentenciada las circunstancias atenuantes del artículo 11 N° 6 y 11 N° 9 del Código Penal. Sentencia (resolutiva). Puente Alto, once de octubre de dos mil veintitres. Y teniendo ademas presente lo dispuesto en normas del Código Penal, Código Procesal Penal, ley 18.216 y Ley de armas, se resuelve: I.- Que se condena a CRISTIAN HERNALDO BARRAZA BOUFFANAIS, cedula de identidad N° 19.002.410-5, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos politicos e inhabilitación absoluta para cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, cometido en esta comuna de Puente Alto el día 21 de diciembre del año 2022. II.- Reuniendose los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la ley 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por plazo de la pena privativa de libertad, sujetO a la asistencia y orientación de
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a CRISTIAN HERNALDO BARRAZA BOUFFANAIS, cedula de identidad N° 19.002.410-5, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos politicos e inhabilitación absoluta para cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, cometido en esta comuna de Puente Alto el día 21 de diciembre del año 2022. II.- Reuniendose los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la ley 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por plazo de la pena privativa de libertad, sujetO a la asistencia y orientación de un delegado de Gendarmería de Chile, correspondiente al C.R.S. Santiago Sur II, ubicado en calle Balmaceda N° 046, comuna de Puente Alto, debiendo cumplir las condiciones establecidas en el artículo 17° de la ley 18.216 y las que el referido organismo le imparta. Además, al sentenciado deberá cumplir un programa formativo advierta sobre el riesgo y consecuencias de utilizar armas de fuego. Si la pena sustitutiva fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá integra y efectivamente la pena impuesta o se intensificarán las condiciones decretadas, en tal caso se someterá al sentenciada al cumplimiento del saldo de la pena impuesta, abonando a su favor el
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Individualización de Audiencia de Reformalización de la Investigación. Fecha Puente Alto., once de octubre de dos mil veintitrés Magistrado PAULO ANTONIO JARA SEPULVEDA Fiscal JAVIER CARREÑO Defensor P. RODOLFO SALDAÑO Hora inicio 09:07AM Hora termino 09:26AM Sala SALA 5 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta RSC RUC 2201285986-8 RIT 9031 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CRIS
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